Subvenciones destinadas a la limpieza, la retirada, el transporte y el tratamiento de los residuos deamianto (fibrocemento) que hayan sufrido daños a causa de episodios meteorológicos excepcionales ocatastróficos informados por el Servicio Meteorológico de Cataluña (Meteocat).
Código de ayuda:
S31091/25Norma:
Resolución TER/4069/2025, de 5 de noviembre. Resolución TER/188/2026, de 20 de enero.Plazo de Solicitud:
Hasta el 1 de febrero de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de la subvención es fomentar la limpieza, la retirada, el transporte y el tratamiento de los residuos de amianto, así como cubrir también los gastos económicos de las retiradas ya efectuadas de cubiertas que contengan amianto (fibrocemento) que se hayan dañado a causa de episodios meteorológicos excepcionales o catastróficos según el informe de la granizada del día 1 de junio de 2025 en las comarcas de El Ripollès y la Garrotxa y el informe de la granizada del día 19 de agosto de 2025 en la comarca de Alt Urgell emitidos por el Servicio Meteorológico de Cataluña (Meteocat).Categorías Subvención
Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor
CataluñaConvoca:
Departamento de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica. (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Importe máximo subvencionableCubiertas de amianto de hasta 49 m2: (2000 €)
Cubiertas de amianto de 50 m2 hasta 99 m2: (40 €/m2)
Cubiertas de amianto de 100 m2 hasta 499 m2: (30 €/m2)
Cubiertas de amianto de 500 m2 hasta 999 m2: (25 €/m2)
Cubiertas de amianto a partir de 1000 m2: (20 €/m2)
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Se consideran personas beneficiarias y pueden acogerse a las ayudas para la retirada de cubiertas deamianto las personas propietarias de bienes inmuebles que tengan cubiertas de amianto, que hayan sufrido
daños materiales debido a las inclemencias meteorológicas mencionadas en la base 3 y tengan la necesidad de
retirarlas o ya las hayan retirado, ya sean personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, y comunidades de vecinos.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se considera subvencionable la desamiantación de cubiertas de amianto (fibrocemento) de edificaciones dondese incluye su limpieza, retirada y transporte de los residuos de amianto efectuadas por empresas inscritas en el Registro de empresas con riesgo de amianto (RERA). El tratamiento de los residuos de amianto se debe
efectuar mediante las empresas inscritas en el Registro general de personas gestoras de residuos de Cataluña (RGPGRC) https://sdr.arc.cat/. Si la persona beneficiaria se deduce el IVA este importe no es subvencionable.
Requisitos:
a) No encontrarse en ninguna de las circunstancias que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.b) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante la Administración de la
Generalitat de Catalunya y la Administración general del Estado, y de las obligaciones ante la Seguridad Social.
c) Declarar si se han pedido o se han obtenido otras ayudas públicas o privadas por la misma actividad/proyecto/actuación y hacer constar la relación detallada con la entidad concedente y la cantidad solicitada u obtenida.
d) Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente, si procede.
e) En el caso de entidades con establecimientos abiertos al público, deben cumplir las obligaciones que
establecen los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.
f) En el caso de entidades sin establecimientos abiertos al público, deben cumplir las obligaciones que
establece el artículo 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.
g) En el caso de entidades con 50 trabajadores o más, cumplir la cuota legal de reserva de puestos de
trabajo en la plantilla que establece el artículo 42.1 del texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o bien cumplir lo que establecen el Real decreto 364/2005, de 8 de abril, y el Decreto 86/2015, de 2 de junio.
Documentos asociados
Boletín:
10/11/2025
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9538
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9538
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
29/01/2026
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9593
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9593
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
