Subvenciones destinadas a la implantación del Plan Integral de Empleo para desempleados perceptores de ayudas al desempleo.

Código de ayuda:

S26628/04

Norma:

Orden de 23 de noviembre de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/12/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

1. Establecer un programa de ayudas económicas destinadas a favorecer la generación del empleo en la Comunidad Valenciana, a través de un plan integral de empleo que combine acciones de diferente naturaleza tales como: información, orientación y asesoramiento; formación; práctica laboral y movilidad geográfica, con la finalidad de conseguir la inserción laboral de los desempleados.

2. Las acciones, a que se refiere esta orden irán orientadas, con carácter general, a la mejora de la ocupabilidad e integración de desempleados inscritos en los Centros SERVEF de Empleo de la Comunidad Valenciana, perceptores de prestaciones y subsidios por desempleo, prioritariamente al colectivo de perceptores de la Renta Activa de Inserción que estén integrados en el correspondiente plan integral de empleo, siempre que las acciones de inserción se lleven a efecto en la Comunidad Valenciana.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Economía, Hacienda y Empleo (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El criterio para el cálculo de la ayuda se establecerá en función del número de personas a atender y objetivos previstos de inserción, sin que la cantidad a percibir pueda ser superior a 1.800 euros por persona atendida y 5.400 euros por persona atendida e insertada en el mercado de trabajo, considerándose que dicha inserción laboral se ha conseguido cuando, durante la vigencia del programa, el desempleado sea contratado como trabajador por cuenta ajena por una duración no inferior a seis meses.
En ningún caso, teniendo en cuenta las atenciones e inserciones, podrá percibirse una cantidad superior a 2.400 euros de promedio por desempleado objeto del programa.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Las administraciones locales, así como las entidades dependientes de una administración local o vinculadas a ella, ubicadas en el ámbito territorial de la Comunidad Valenciana.
b) Las universidades situadas en el ámbito territorial de la Comunidad Valenciana.
c) Cámaras de Comercio, Industria y Navegación, asociaciones empresariales y organizaciones sindicales más representativas situadas en el ámbito territorial de la Comunidad Valenciana.
d) Las entidades sin ánimo de lucro que acrediten experiencia en la realización de procesos de inserción laboral de desempleados.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas reguladas en esta orden están orientadas a apoyar el plan integral de empleo dirigido, con carácter prioritario, al colectivo de desempleados acogidos a la Renta Activa de Inserción, cuando todos los participantes en el mismo sean desempleados previamente admitidos al citado programa, en defecto de desempleados pertenecientes a dicho colectivo podrán
participar en estos planes desempleados inscritos en los Centros SERVEF de Empleo de la Comunidad Valenciana, perceptores de otras prestaciones o subsidios por desempleo.
Los requisitos de desempleo y estar acogido a la Renta Activa de Inserción u otras prestaciones o subsidios, deberán cumplirse en el momento de la incorporación al programa de inserción gestionada por la entidad beneficiaria de las ayudas, considerando a estos efectos la fecha de la firma del acuerdo de adhesión al plan.

La subvención concedida se destinará a financiar el gasto aprobado.
Se considerarán elegibles con las limitaciones que a continuación se especifican, los siguientes gastos:
a) Gastos salariales (nóminas y seguros sociales) del personal técnico y de apoyo propio o contratado específicamente para el desarrollo del proyecto, con el límite máximo de 2.100 euros mensuales para el personal técnico y 1.500 euros para el personal de apoyo.
b) Gastos de dietas y desplazamientos de dicho personal, y de los demandantes que participan en el plan, con un límite del 5% del coste total aprobado del proyecto.
c) Gastos derivados de la contratación de medios externos dirigidos a la formación de los desempleados participantes en el plan, así como las pólizas de seguros para la formación técnica y prácticas ocupacionales de los mismos en caso necesario, que no podrán superar el 5% del coste total aprobado del proyecto; se deberá acompañar, en este caso, documentación suficiente del
acuerdo o del contrato suscrito entre la empresa y la entidad promotora del proyecto.
d) Gastos de amortización de materiales y equipos técnicos necesarios para impartir la formación.
e) Gastos generales, materiales y técnicos, con el límite del 25% del coste total del proyecto.
Estos gastos incluyen los siguientes:
. Gastos de ejecución de material técnico (guías, documentación para el participante.) y de ejecución en material de oficina.
. Gastos corrientes: agua, electricidad, teléfono, arrendamientos, mantenimiento, comunicaciones, limpieza, etc.

Documentos asociados

Boletín: 30/11/2004
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 4894
Documento: Convocatoria Descargar Documento