Subvenciones destinadas a la financiación del Programa Mixto de Formación y Empleo de Castilla y León.- Convocatoria 2016-2017.

Código de ayuda:

S33982/14

Norma:

ORDEN EYE/589/2014, de 30 de junio. RESOLUCIÓN de 18 de julio de 2014. RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 2014. RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 2014. ORDEN EYE/460/2015, de 1 de junio. RESOLUCIÓN de 17 de junio de 2015. Real Decreto-ley 4/2015, de 22 de marzo. Resolución de 24 de mayo de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 16 de junio de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Poner en marcha acciones mixtas de formación y empleo, proporcionando una cualificación y adquisición de competencias profesionales a las personas desempleadas, mediante una formación teórica en alternancia con la prestación de un trabajo real, en la ejecución de obras o servicios de utilidad pública e interés social, con el fin de favorecer la inserción laboral de los participantes.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los créditos destinados a financiar las subvenciones establecidas en la convocatoria son, por anualidad y aplicación presupuestaria, los siguientes:

Ejercicio 2016:

08.23.241B02.760.0F: 7.694.129,88 euros.

08.23.241B02.780.1M: 939.418,56 euros.

Ejercicio 2017:

08.23.241B02.760.0F: 5.129.419,92 euros.

08.23.241B02.780.1M: 626.279,04 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

1. Corporaciones Locales, sus organismos autónomos y entidades dependientes o asimiladas a las mismas.

2. Mancomunidades, Consorcios y otras entidades asociativas.

3.Asociaciones, Fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, cuyos fines estén la formación y empleo.

Las dos primeras cuando las acciones se desarrollen exclusivamente en el ámbito territorial de su competencia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Financiar la ejecución del Programa Mixto de Formación y Empleo, consistente en la realización de acciones en alternancia de formación y empleo, para la mejora de la empleabilidad de las personas desempleadas inscritas en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León.

Las acciones en alternancia de formación y empleo y las subvenciones que se convocan, tienen como fin facilitar la adquisición de competencias profesionales a las personas trabajadoras desempleadas, para que puedan acceder con mayor facilidad al mercado laboral y obtener un puesto de trabajo.

Requisitos:

Las entidades enumeradas en el apartado anterior sólo podrán ser beneficiarias cuando la ejecución de las acciones solicitadas, contempladas en esta Orden, se desarrollen exclusivamente en el ámbito territorial de su competencia.

No podrán acceder a las subvenciones reguladas en esta orden aquellos solicitantes que incurran en alguna de las prohibiciones reguladas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

No podrán ser beneficiarias las entidades solicitantes que no acrediten la observancia o la exención, de la obligación del cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad o en su caso, la no sujeción a dicha obligación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.2 del Decreto 75/2008, de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad y el establecimiento de criterios de valoración y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, según declaración responsable incluida como Anexo V de esta resolución que deberán cumplimentar las entidades solicitantes, y que estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (http://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/), y en la página web de la Junta de Castilla y León (www.jcyl.es).

En el caso de las Administraciones Públicas bastará con acreditar conforme al modelo incluido en esta convocatoria como Anexo V, que en los procesos para la provisión de puestos de trabajo se han reservado al menos el 2% de los mismos para su cobertura con personas con discapacidad.

Documentos asociados

Boletín: 27/05/0216
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Boletín: 07/07/2014
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