Subvenciones destinadas a la financiacion de planes de formacion de las entidades locales, en el marco del Acuerdo de Formacion para el Empleo de las Administraciones Publicas.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S16346/14

Norma:

DECRETO 62/2014, de 15 de abril. ORDEN de 11 de junio de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/07/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, para el año 2014, las ayudas destinadas a la financiación de planes de formación para el empleo, promovidos por las Entidades Locales de Aragón y sus Asociaciones o Federaciones, en el marco del AFEDAP, de acuerdo con las bases reguladores aprobadas mediante Decreto 62/2014, de 15 de abril, del Gobierno de Aragón.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento De Hacienda Y Administración Pública (Aragón)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Los Ayuntamientos, Diputaciones Provinciales, Comarcas y demás entidades locales reconocidas en el artículo 2 de la Ley 7/1999, de 9 de abril de Administración Local de Aragón, que promuevan planes de formación para los empleados públicos, de carácter unitario o agrupado, dentro del ámbito del AFEDAP.

También podrán tener el carácter de beneficiarios las asociaciones o federaciones de entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón legítimamente constituidas al amparo de lo previsto en el artículo 165 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, que promuevan planes agrupados para la formación de los empleados públicos de las entidades locales de Aragón.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Planes unitarios: se caracterizan por afectar al personal de una sola Administración Pública con al menos 200 empleados públicos.

2. Planes agrupados: se caracterizan por afectar al personal de dos o más entidades locales a las que se refiere el apartado 3.a) del artículo 10 del AFEDAP. Se establecen dos modalidades de planes agrupados.

a) Planes agrupados de oferta: son los promovidos por las federaciones o asociaciones de entidades locales contemplados en la artículo 10.3.b) del AFEDAP y están destinados al conjunto de los empleados locales de su ámbito territorial. Para promover este tipo de planes no será necesario la recogida de adhesiones, ni acompañarán informe de la representación sindical de las entidades de su ámbito territorial.

b) Planes agrupados de demanda: son los realizados por cualquier entidad local y van dirigidos al conjunto de los empleados de las entidades locales que, a través de una adhesión expresa de su representante legal, quieran participar en el mismo. Según lo contemplado en el artículo 8 del AFEDAP, una entidad no podrá participar en dos planes agrupados formalizando adhesión.

Documentos asociados

Boletín: 24/04/2014
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 79
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 23/06/2014
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 120
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento