Subvenciones destinadas a la financiacion de los planes de formacion de las entidades locales de las Islas Baleares, en el marco del Acuerdo de formacion para el empleo de las administraciones publicas de 19 de julio de 2013 (BOE n.º 252, de 21 de octubre).- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S18373/14

Norma:

Marratxí, 29 d'abril de 2014. Resolución de 9 de octubre de 2013. Resolución de 25 de junio de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/07/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras (BOIB n.º 62, de 6 de mayo de 2014), esta convocatoria tiene por objeto subvencionar los planes de formación para el empleo promovidos por las entidades locales y las federaciones o asociaciones de entidades locales del ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, en el marco el Acuerdo de formación para el empleo de las administraciones públicas de 19 de julio de 2013.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Escuela Balear de la Administración Pública (EBAP) (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención concedida puede llegar al 100 % del coste del plan de formación propuesto por la entidad interesada, pero en ningún caso puede ser de una cuantía que supere el coste del plan que es objeto de subvención.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

- Los ayuntamientos, los consejos insulares y las otras entidades locales reconocidas en el artículo 2 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, Municipal y de Régimen Local de las Islas Baleares.

- Las federaciones o asociaciones de entidades locales del ámbito autonómico de las Islas Baleares, legítimamente constituidas al amparo de lo que prevé la disposición adicional quinta de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Planes unitarios: se caracterizan porque afectan al personal de una sola administración pública con al menos 200 empleados públicos, independientemente de las unidades o los órganos que incluya. Estos planes pueden tener destinatarios diferentes del promotor dentro de la misma administración.

- Planes agrupados: se caracterizan porque afectan al personal de dos o más entidades locales y las asociaciones o federaciones a que se refiere el artículo 3 de esta Orden, en los términos que establece el artículo 8 del AFEDAP.

- Planes interadministrativos: se caracterizan porque van destinados no solamente a personal de la administración o entidad promotora, sino también a la formación del personal de otras administraciones públicas locales.

Requisitos:

Las entidades beneficiarias tienen que cumplir los requisitos que establecen el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y los artículos 9 y 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

Documentos asociados

Boletín: 06/05/2014
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 62
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 28/06/2014
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 88
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento
Boletín: 21/10/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 252
Documento: Resolución de 9 de octubre de 2013. Descargar Documento