Subvenciones destinadas a la ejecución de proyectos en el área de infancia y familias, para el año 2026, y se efectúa la correspondiente convocatoria para el presente ejercicio presupuestario.

Código de ayuda:

S21919/26

Norma:

ORDEN de 22 de julio de 2026.

Plazo de Solicitud:

A establecer en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las presentes bases tienen por objeto regular el régimen de concesión de subvenciones para el desarrollo de acciones destinadas a proyectos sociales de apoyo a la infancia y las familias.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia, y Familia (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Dicha cuantía individualizada de la subvención solicitada por cada proyecto no podrá ser inferior a 8.000,00 euros ni superior a 80.000,00 euros y la cuantía máxima por persona jurídica (entidad) será de 160.000,00 euros. Solo serán admisibles un máximo de 2 proyectos por persona jurídica (entidad).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Entidades sin ánimo de lucro

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Gastos de personal.
b) Gastos corrientes.
c) Gastos de actividades derivados del desarrollo de las actuaciones y servicios.

Requisitos:

Podrán participar las entidades que reúnan los siguientes requisitos:

a) Entidades de derecho privado: ser una persona jurídica constituida y regida conforme al derecho privado. Se incluyen también aquellas entidades que, aun perteneciendo al sector público, hayan sido constituidas y se rijan por normas de derecho privado.

b) Carecer de fines de lucro: las entidades, de acuerdo con su naturaleza jurídica y con lo establecido en sus normas fundacionales, deberán desarrollar el conjunto de su actividad sin ánimo de lucro.

c) Fines: tener recogidos en sus estatutos fines institucionales adecuados a la finalidad de la subvención y vinculados a la realización de las actividades consideradas subvencionables, de conformidad con lo previsto en estas bases. Dichos fines deberán constar en los estatutos con una antelación mínima de un año respecto a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

d) Ámbito territorial de actuación: desarrollar sus actividades de forma real y efectiva en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Documentos asociados

Boletín: 10/08/2026
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 159
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento