Subvenciones destinadas a la cooperación para la promoción de los productos agrícolas y alimenticios en regímenes de calidad, en el marco de la intervención 7132 del Plan Estratégico de la PAC, en el ámbito del Principado de Asturias.

Código de ayuda:

S14300/26

Norma:

Orden de 11 de mayo de 2026.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 21 de junio de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvenciones para llevar a cabo actividades de información y promoción de productos agrícolas amparados por figuras de calidad diferenciada a través de la cooperación en el ámbito del Principado de Asturias. Dichas ayudas se encuentran incluidas en la intervención 7132 “Cooperación para la promoción de los productos
agrícolas y alimenticios en regímenes de calidad” del Plan Estratégico de la Política Agraria Común de
España, aprobado mediante Decisión de ejecución de la Comisión, de 31 de agosto de 2022, para el
periodo de programación 2023-2027.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Medio Rural y Política Agraria (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La intensidad de la ayuda será del 70 % de los costes elegibles

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas

Detalle beneficiarios:

Agrupaciones de productores agroalimentarios constituidas en entidades de gestión de figuras de calidad diferenciada de productos agrícolas o alimenticios específicos del Principado de Asturias

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Fase de preparación de proyectos:

I. La contratación de servicios con agencias y consultorías de comunicación, gabinetes de prensa y otras entidades o empresas que apoyen la creación, desarrollo, ejecución y valoración de campañas o eventos de información y promoción.
II. Costes de personal adscrito al proyecto.
III. Costes indirectos.
IV. Prestación de servicios.
V. Otros gastos: desplazamientos, material fungible, etc.

b) Fase de ejecución de proyectos:

I. Costes de personal adscrito al proyecto.
II. Costes indirectos: luz, agua..
III. Prestación de servicios.
IV. La inscripción y participación en ferias y exposiciones.
V. Los alquileres de equipos, espacios y servicios de atención en la organización de ferias, exposiciones, concursos o eventos promocionales.
VI. Bienes de equipo, infraestructuras y prototipos: alquiler o amortización en caso de compra.
VII. Material fungible.
VIII. Edición, impresión y distribución de publicaciones en cualquier diseño (cartel, folleto, libro,
etc.) y formato (físico o digital), cualquier otro material promocional.
IX. Materiales de visualización, materiales de soporte y stands de presentación.
X. Creación y adaptación de páginas web de la entidad con orientación a la información y promoción tanto de las propias figuras de calidad y características de sus productos como de las actividades de promoción propias del plan.
XI. La promoción en medios de comunicación (TV, radio y prensa (física y/o digital). En ningún caso estas acciones podrán hacer referencia a marcas comerciales.
XII. Contratación de personas expertas y profesionales en eventos de promoción (investigadores, técnicos y cocineros, blogueros, etc.).
XIII. Contratación de personas expertas o gabinetes de estudios de mercado o evaluaciones de impacto de acciones de promoción.
XIV. Productos para las actividades promocionales.
XV. Premios en concursos y patrocinios.
VI. Desplazamientos y manutención.
XVII. Otros gastos: propiedad intelectual, auditorias, traducciones, inscripciones en eventos,
gastos de divulgación, gastos de coordinación, etc.
XVIII. Cualquier otro que pueda relacionarse con la finalidad y objeto de la ayuda siempre que
cumpla con los criterios de admisibilidad establecidos.

c) Los costes de personal adscrito al proyecto se calcularán como un 20 % del coste total del proyecto aprobado, excluidos costes de personal, y la entidad beneficiaria no estará obligada a presentar justificación de dichos costes.

d) Los costes indirectos (p. ej. alquiler, agua, luz, etc.) se calcularán como un 15% de los costes directos de personal elegibles y tampoco requieren justificación.

e) Las entidades beneficiarias podrán subcontratar con terceros hasta el 100% de las actividades objeto de la subvención en los términos establecidos en el artículo 29 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

f) Los gastos de preparación y coordinación del Proyecto, podrán incluirse hasta un máximo del 12%
del coste total del Proyecto.

Requisitos:

i. Afectar exclusivamente a productos agrícolas amparados por alguna de las figuras de calidad incluidas en la presente disposición.

ii. Estarán destinadas a inducir a las personas consumidoras a adquirir los productos cubiertos por uno de los regímenes de calidad citados en la base reguladora quinta.

iii. Resaltarán las características o ventajas específicas de los productos en cuestión, especialmente la calidad, los métodos de producción específicos, las rigurosas normas de bienestar de los animales y el respeto del medio ambiente vinculados al régimen de calidad en cuestión, pudiendo incluir la difusión de conocimientos científicos y técnicos sobre estos productos.

iv. Se corresponderán con las acciones del apartado f de la base reguladora cuarta que deberán ejecutarse en el período subvencionable del Proyecto.

v. Se dirigirán exclusivamente al mercado interior de la Unión Europea.

vi. En lo que respecta a las actividades de promoción e información de vinos, vinos aromatizados y bebidas espirituosas, debe hacerse siempre referencia a las exigencias legales y al consumo responsable de estas bebidas alcohólicas, así como al riesgo que supone el abuso de consumo de alcohol.

vii. En los productos vínicos y bebidas espirituosas, las acciones orientadas al mercado interior se
limitarán a la información de los consumidores sobre los sistemas de calidad de tales productos vínicos.

Documentos asociados

Boletín: 20/05/2026
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 95
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 20/05/2026
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 95
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento