Subvenciones destinadas a la contratacion de dinamizadores deportivos por las mancomunidades de municipios de Extremadura.- Convocatoria 2014/2017.

Código de ayuda:

S42464/13

Norma:

DECRETO 211/2013, de 12 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 09/12/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas para la contratación de dinamizadores y coordinadores deportivos que han de fomentar y desarrollar actividades físicas y deportivas en aquellos municipios extremeños que no superen los 20.000 habitantes y que pertenezcan a una mancomunidad de municipios.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Presidencia de la Junta (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las cuantías ascenderán para cada uno de los cuatro años de vigencia del programa a 18.620 euros por cada dinamizador deportivo contratado, divididos en 14 pagas, con un salario base mínimo cada una de 1.330 euros. Además, si la mancomunidad recibe ayuda para contratar a coordinador/es deportivo/s recibirá 1.400 euros anuales más en concepto de complemento retributivo para cada uno de ellos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

a) Las Mancomunidades Integrales de Municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura en relación con aquellas localidades pertenecientes a la misma que no superen los 20.000 habitantes.

b) Las Mancomunidades de Municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, respecto a las localidades pertenecientes a la misma que no superen los 20.000 habitantes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos derivados del abono por parte de cada una de las mancomunidades beneficiarias de las percepciones salariales mensuales básicas de, como mínimo, un dinamizador deportivo y, como máximo, nueve dinamizadores y un coordinador deportivo, que contraten durante el cuatrienio
2014-2017. Estas cuantías tendrán la consideración de máximas, por lo que no serán subvencionables las percepciones salariales básicas que pudieran corresponder a los trabaja
dores por motivos de antigüedad o gratificaciones en la cuantía en que pudieran exceder de los límites fijados en el presente artículo.

Requisitos:

a) Las Mancomunidades Integrales de Municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura en relación con aquellas localidades pertenecientes a la misma que no superen los 20.000 habitantes.

b) Las Mancomunidades de Municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, respecto a las localidades pertenecientes a la misma que no superen los 20.000 habitantes, siempre que dichas Mancomunidades reúnan los siguientes requisitos en la fecha de presentación de su solicitud:

— Que la suma de las poblaciones de los municipios integrantes de la Mancomunidad alcance una cifra de, al menos, 6.000 habitantes, según los datos de población aprobados por el Instituto Nacional de Estadística.

— Que la Mancomunidad esté formada por un mínimo de seis municipios o entidades locales menores que no formen parte de otra mancomunidad calificada como integral.

Documentos asociados

Boletín: 18/11/2013
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 222
Documento: Bases, Convocatoria 2014/2017 y Anexos. Descargar Documento