Subvenciones destinadas a la consolidacion, penetracion, desarrollo y normalizacion de los medios de comunicacion en euskera en el año 2015 (Convocatoria Hedabideak).

Código de ayuda:

S55873/14

Norma:

ORDEN de 26 de diciembre de 2014. RESOLUCIÓN de 8 de mayo de 2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 09/02/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación y convocatoria de subvenciones destinadas a fortalecer, normalizar y acrecentar la eficacia de los medios de comunicación en euskera, reforzando su capacidad de penetración entre las personas consumidoras (Convocatoria Hedabideak).

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención adjudicada a cada medio de comunicación será, como máximo, el importe solicitado a la Viceconsejería de Política Lingüística y, como mínimo, de 2.000 euros. No se concederán importes inferiores a dicha cantidad mínima. Consecuentemente, el medio de comunicación que se encuentre en dicha situación quedará excluido de la subvención.

En el caso de que un medio de comunicación hubiera sido subvencionado a través de la convocatoria de subvenciones destinadas a la consolidación, penetración, desarrollo y normalización de los medios de comunicación en euskera en el año 2014, si actualmente mantiene la actividad de entonces, la cantidad que pudiera recibir este año será, como mínimo, el 80% de la cantidad que obtuvo el año anterior, siempre que cumpla el resto de requisitos de la presente convocatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas privadas, con nacionalidad o domicilio social en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que realicen alguna actividad económica, se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, estén constituidas legalmente conforme a la legislación vigente y desarrollen los proyectos que se mencionan en el artículo 5 de la presente Orden.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Estos son, ordenados por grupos, los medios de comunicación subvencionables:

1.– Grupo A: medios de comunicación escritos íntegramente en euskera cuyo objetivo principal es ofrecer información diaria. Medios de comunicación escritos vinculados a la actualidad diaria y local: prensa diaria y revistas de información general, distribuidas en municipios, comarcas o territorios concretos.

a) Diarios distribuidos en todo el ámbito geográfico del euskera.

b) Diarios distribuidos en determinados municipios o comarcas.

c) Revistas de información general, distribuidas en municipios, comarcas o territorios concretos.

2.– Grupo B: medios de comunicación escritos íntegramente en euskera cuyo cometido principal es el tratamiento de temas en profundidad más allá de lo diario: revistas de información general o revistas especializadas (pensamiento, ciencia, música, naturaleza, infantil y juvenil...), distribuidas en todo el ámbito geográfico del euskera.

3.– Grupo C: radios que, disponiendo de las correspondientes licencias para la prestación del servicio, emiten, parcial o íntegramente, en euskera a través de las ondas.

4.– Grupo D: televisiones que, disponiendo de las correspondientes licencias para la prestación del servicio, emiten, parcial o íntegramente, en euskera.

5.– Grupo E: medios de comunicación difundidos por Internet.

Diarios y revistas íntegramente en euskera.

Radios que emiten parcial o íntegramente en euskera.

Televisiones que emiten parcial o íntegramente en euskera.

Documentos asociados

Boletín: 29/12/2014
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 247
Documento: Bases y Convocatoria 2015. Descargar Documento
Boletín: 01/06/2015
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 100
Documento: Ampliacion Presupuestaria Descargar Documento