Subvenciones destinadas a la consolidacion, penetracion, desarrollo y normalizacion de los medios de comunicacion en euskera en el año 2014 (Convocatoria Hedabideak).- Modificación de la ayuda.

Código de ayuda:

S29673/14

Norma:

ORDEN de 18 de junio de 2014. ORDEN de 27 de junio de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 04/07/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación y convocatoria de subvenciones destinadas a fortalecer, normalizar y acrecentar la eficacia de los medios de comunicación en euskera, reforzando su capacidad de penetración entre las personas consumidoras (Convocatoria Hedabideak).

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención adjudicada a cada medio de comunicación será, como máximo, el importe solicitado a la Viceconsejería de Política Lingüística y, como mínimo, de 2.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas privadas, con nacionalidad o domicilio social en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que realicen alguna actividad económica, se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, estén constituidas legalmente conforme a la legislación vigente y desarrollen los proyectos que se mencionan en el artículo 5 de la presente Orden.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Estos son, ordenados por grupos, los medios de comunicación subvencionables:

1.– Grupo A: medios de comunicación escritos cuyo objetivo principal es ofrecer información diaria. Medios de comunicación escritos vinculados a la actualidad diaria y local: prensa diaria impresa íntegramente en euskera y revistas de información general, distribuidas en municipios, comarcas o territorios concretos.

a) Diarios distribuidos en todo el ámbito geográfico del euskera.

b) Diarios distribuidos en determinados municipios o comarcas.

c) Revistas de información general, distribuidas en municipios, comarcas o territorios concretos.

2.– Grupo B: medios de comunicación escritos cuyo cometido principal es el tratamiento de temas en profundidad más allá de lo diario: revistas de información general o revistas especializadas (pensamiento, ciencia, música, naturaleza, infantil y juvenil...), distribuidas en todo el ámbito geográfico del euskera.

3.– Grupo C: radios que, disponiendo de las correspondientes licencias para la prestación del servicio, emiten, parcial o íntegramente, en euskera a través de las ondas.

4.– Grupo D: televisiones que, disponiendo de las correspondientes licencias para la prestación del servicio, emiten, parcial o íntegramente, en euskera.

5.– Grupo E: medios de comunicación difundidos por Internet.

• Diarios y revistas íntegramente en euskera.

• Radios que emiten parcial o íntegramente en euskera.

• Televisiones que emiten parcial o íntegramente en euskera.

Documentos asociados

Boletín: 19/06/2014
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 115
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento
Boletín: 08/07/2014
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 128
Documento: Modificación Descargar Documento