Subvenciones destinadas a la consolidacion, desarrollo y normalizacion de los medios de comunicacion en euskera (Convocatoria Hedabideak).- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S14019/13

Norma:

ORDEN de 2 de mayo de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/06/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación y convocatoria de subvenciones destinadas a la consolidación, desarrollo y normalización de los medios de comunicación en euskera (Convocatoria Hedabideak).

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas privadas, con nacionalidad o domicilio social en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que realicen alguna actividad económica, se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, estén constituidas legalmente conforme a la legislación vigente y desarrollen los proyectos que se mencionan en el artículo 5 de la presente Orden.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.– Grupo A: prensa diaria impresa íntegramente en euskera.

a) Diarios distribuidos en todo el ámbito geográfico del euskera.

b) Diarios distribuidos en determinados municipios o comarcas.

2.– Grupo B: revistas impresas íntegramente en euskera.

a) Subgrupo B1: revistas de información general o revistas especializadas (pensamiento, ciencia, música, naturaleza, infantil y juvenil...), distribuidas en todo el ámbito geográfico del euskera.

b) Subgrupo B2: revistas de información general, distribuidas en municipios, comarcas o territorios concretos.

3.– Grupo C: radios que, disponiendo de las correspondientes licencias para la prestación del
servicio, emiten, parcial o íntegramente, en euskera a través de las ondas.

4.– Grupo D: televisiones que, disponiendo de las correspondientes licencias para la prestación del servicio, emiten, parcial o íntegramente, en euskera.

5.– Grupo E: medios de comunicación difundidos por Internet y agencias de noticias:

● Diarios y revistas íntegramente en euskera.

● Radios que emiten parcial o íntegramente en euskera.

● Televisiones que emiten parcial o íntegramente en euskera.

● Agencias de noticias en euskera.

Requisitos:

No podrán concurrir a la presente convocatoria de subvenciones aquellas personas físicas o jurídicas privadas que se hallan sancionadas penal o administrativamente con la pérdida de la
posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, o están incursas en prohibición legal alguna que les inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

Documentos asociados

Boletín: 06/05/2013
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 85
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento