Subvenciones destinadas a la consolidación, desarrollo y normalización de las publicaciones íntegramente eneuskera en el año 2025 (Convocatoria Publicaciones).

Código de ayuda:

S31837/25

Norma:

ORDEN de 11 de noviembre de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 3 de diciembre de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente Orden es establecer el régimen de subvenciones para la consolidación, desarrollo y normalización de las publicaciones íntegramente en euskera y en papel, así como convocar las mismas (convocatoria Publicaciones).

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán acceder a las ayudas objeto de la convocatoria todas las personas físicas o jurídicas privadas con nacionalidad o domicilio social en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, de cualquier Estado signatario del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, que posean plena capacidad jurídica y de obrar. Las entidades subvencionadas deberán realizar las actividades subvencionables, y los proyectos objeto de ayuda deberán estar dirigidos a las personas consumidoras de la Comunidad Autónoma del País Vasco

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se subvencionarán las publicaciones que se publiquen íntegramente en euskera y en papel.

Requisitos:

a) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social en el marco de las ayudas y subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, de conformidad con lo establecido en la Orden de 13 de febrero de 2023, del consejero de Economía y Hacienda, sobre acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como de las relativas al reintegro de subvenciones, en el marco de las ayudas y subvenciones que se otorguen con cargo a los Presupuestos Generales de Euskadi.

b) Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en el marco de las ayudas y subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, de conformidad con lo establecido en la Orden de 13 de febrero de 2023, del consejero de Economía y Hacienda, sobre acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como de las relativas al reintegro de subvenciones, en el marco de las ayudas y subvenciones que se otorguen con cargo a los Presupuestos Generales de Euskadi.

Documentos asociados

Boletín: 18/11/2025
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 222
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento