Subvenciones destinadas a la celebración de eventos que contribuyan a la potenciación y promoción del tejido comercial en la Comunidad Autónoma de Canarias.
Código de ayuda:
S26464/25Norma:
Resolución de 1 de septiembre de 2025. ORDEN de 29 de julio de 2025.Plazo de Solicitud:
Hasta el 2 de octubre de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de la presente subvención está destinada a la celebración de eventos que contribuyan a la potenciación y promoción del tejido comercial de la Comunidad Autónoma de Canarias, con el fin de consolidar y atraer a nuevos públicos, así como ser difundidos a través de plataformas físicas y digitales, con repercusión en el sector comercial canario principalmente en las zonas comerciales abiertas, para su potenciación como destino comercial y experiencial.Categorías Subvención
Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
Comercio
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos. (Canarias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía o intensidad de la subvención a otorgar a cada proyecto será el 100% de los gastos subvencionables y tendrá un límite mínimo de veinticinco mil (25.000,00) euros, y un límite máximo de cien mil (100.000,00) euros por proyecto, excluido todo tipo de impuestos.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Asociaciones
- Autónomos
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
De conformidad con lo dispuesto en la base cuarta, podrán ser personas y entidades beneficiarias de las presentes subvenciones las personas físicas y jurídicas, y las entidades sin ánimo de lucro que cuenten con alguno de los siguientes requisitos:a) Las organizaciones y asociaciones empresariales y de comerciantes, federaciones o agrupaciones de los órganos de gestión; y, en su caso, organismos de gestión de las Zonas Comerciales Abiertas con personalidad jurídica propia, que tengan entre sus fines estatutarios y programas de actuación la defensa de los intereses del sector comercial y la realización de actividades que contribuyan a la dinamización y fomento de la actividad comercial.
b) Los Mercados Tradicionales de Canarias, exclusivamente, las entidades gestoras, entendiéndose como tales aquellas que las propias entidades locales de ámbito municipal hayan autorizado para la gestión de los servicios de estos equipamientos comerciales.
c) Las sociedades mercantiles, en cualquiera de su forma jurídica, tamaño y volumen de facturación, quedando incluidas tanto pymes como grandes empresas. Quedan excluidas de la presente convocatoria las empresas en las que el veinticinco por ciento (25%) o más de su capital o derechos de voto estén controlados, directa o indirectamente, por uno o más organismos o colectividades públicos.
d) Los profesionales autónomos, inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, residentes en la Comunidad Autónoma de Canarias, cuya actividad principal se encuentre relacionada con la organización y ejecución de eventos.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
- Eventos culturales, informativos o periodísticos con incidencia comercial y susceptibles de dinamizar y promocionar las zonas comerciales de Canarias como destino comercial y experiencial.- Eventos de negocios/científicos/académicos con incidencia comercial y susceptibles de dinamizar y promocionar las zonas comerciales de Canarias como destino comercial y experiencial.
Requisitos:
Los proyectos deberán cumplir los siguientes requisitos, de carácter acumulativo:a) Que se incardinen en cualquiera de las líneas de actuación indicadas en la base anterior.
b) Tener formato presencial, virtual o híbrido (virtual y presencial), con asistencia de público en los tres casos.
c) Celebrarse en la Comunidad Autónoma de Canarias.
d) Que se trate de eventos cuyas fechas de celebración se ajusten al periodo establecido en la base reguladora 17.
e) Que la personas y entidades solicitantes de participación estén en disposición de documentación acreditativa de que, en caso de ser un evento sometido a cesión o transmisión de derechos de exclusividad, imagen, uso de marca registrada, etc. concurren en él derechos exclusivos para la organización del evento que plantea y que, en consecuencia, cuentan con la autorización para llevarlo a cabo.
f) Que, al menos, el veinticinco por ciento (25%) del gasto del presupuesto estimado se destine a publicidad, comunicación y/o difusión del evento.
g) Que fomenten el consumo y las compras en las zonas comerciales abiertas, zonas comerciales rurales, zonas comerciales turísticas y mercados y mercadillos tradicionales del archipiélago canario.
h) Que implanten protocolos de aforo y de seguridad para eventos celebrados en espacios físicos abiertos o cerrados, disponiendo, en su caso, del preceptivo Plan de seguridad, en los términos del artículo 10 del Reglamento de actividades clasificadas y espectáculos públicos, aprobado por Decreto 86/2013, de 1 de agosto, así como cumpliendo el resto de normativa de seguridad aplicable.
i) Que se esté en disposición en el momento de celebración del evento de un seguro de responsabilidad civil profesional adecuado atendiendo al público estimado asistente, el tipo de recinto en el que se celebre el evento, los equipos y bienes materiales que vayan a manejarse o el riesgo que entrañe la actividad que vaya a realizarse.
j) Que no fomenten, de ningún modo, el consumo de bebidas alcohólicas en la infancia y adolescencia.
k) Se han de cumplir con las obligaciones medioambientales, sociales y laborales establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado.
l) Igualmente, se deberá implementar medidas de igualdad de género, en los términos que le sean exigibles por la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, así como por el resto de normativa aplicable.
m) Deben tratarse de eventos para cuya organización y realización se prevea la incorporación de alguna medida de carácter social, cuyo cumplimiento se acreditará mediante la presentación de la correspondiente certificación de la autoridad administrativa correspondiente o, en su caso, de una declaración responsable al efecto.
Documentos asociados
Boletín:
13/08/2025
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 160
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 160
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Boletín:
11/09/2025
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 180
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 180
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
11/09/2025
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 180
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 180
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento