Subvenciones destinadas a la ampliacion de fondos bibliograficos e informaticos especializados en materia socieconomica dirigidas a los centros de las universidades que tengan su sede y desarrollen sus actividades en el ambito territorial de la Comunidad de Castilla y Leon y que ofrezcan formacion economica. Convocatoria 2009.

Código de ayuda:

S12419/09

Norma:

ORDEN EYE/341/2009, de 17 de febrero. ORDEN EYE/585/2009, de 11 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/04/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones destinadas a la ampliación de fondos bibliográficos e informáticos especializados en materia socioeconómica.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Otras

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los Centros de las Universidades que tengan su sede y desarrollen sus actividades en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León y que ofrezcan formación económica, que no estén incursos en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 noviembre, General de Subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán subvencionarse las adquisiciones de libros, publicaciones y material informático que puedan ser utilizados en investigaciones y estudios de contenido socioeconómico.

Las actividades subvencionadas deberán realizarse íntegramente entre el 1 de enero y el 10 de noviembre de 2009. Si por circunstancias excepcionales se apreciara la necesidad de una ampliación de plazo, previa solicitud motivada del interesado realizada con anterioridad al 25 de octubre de 2009, se podrá conceder prórroga, mediante resolución del Consejero de Economía y Empleo, que en ningún caso excederá del 1 de diciembre de 2009.

Serán subvencionables aquellos gastos derivados de la actividad subvencionada y que se hayan efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del plazo de justificación o, en su caso, al que se establezca en la prórroga para la realización y justificación de la actividad.

Documentos asociados

Boletín: 24/02/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 37
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 16/03/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 51
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento