Subvenciones destinadas a incrementar la imparticion, por centros privados radicados en la Comunidad de Castilla y Leon, de cursos de español para extranjeros en modalidad presencial.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S41437/12

Norma:

ORDEN CYT/955/2012, de 8 de noviembre. ORDEN CYT/977/2012, de 15 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/11/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, para los años 2012-2013, en régimen de concurrencia competitiva,
subvenciones destinadas a incrementar la impartición, por centros privados radicados en la Comunidad de Castilla y León, de cursos de español para extranjeros en modalidad presencial, con la finalidad de reducir la estacionalidad en la impartición de los cursos de español para extranjeros, persiguiendo, además, fomentar la movilidad de estudiantes procedentes de países de lenguas minoritarias, potenciando las iniciativas destinadas a
aumentar la oferta de programas de español para extranjeros.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Cultura y Turismo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La cuantía de las subvenciones se determinará según las disponibilidades
presupuestarias, siendo cómo máximo del 50% del total de la inversión, con un límite de 10.000 € por beneficiario.

2. El importe de la subvención, cuando se trate de beneficiarios con la condición de empresa, no podrá ser de tal cuantía que la ayuda total de mínimis concedida durante cualquier período de tres ejercicios fiscales sea superior a 200.000 €, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (CE) N.º 1998/2006, de la Comisión de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado de las ayudas de mínimis
(DO L 379 de 28.12.2006).

3. El importe de la subvención a conceder, con el límite de la cantidad solicitada, será proporcional a la puntuación obtenida en aplicación de los criterios de valoración establecidos en el artículo 9 de la orden por la que se establecen las bases reguladoras.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los titulares de centros privados dedicados a la enseñanza del español para extranjeros radicados en la Comunidad de Castilla y León.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Gastos en bienes consumibles utilizados en la realización de las acciones
formativas objeto de subvención, incluidos el material didáctico entregado a los alumnos y los diplomas.

b) Gastos de personal docente de nueva contratación consecuencia del incremento de la actividad formativa, así como el incremento aumento del número de horas del personal docente ya contratado.

c) Publicidad de los cursos de nueva impartición.

d) Traducciones de materiales didácticos necesarios para la impartición de los nuevos cursos.

Requisitos:

No podrán obtener la condición de beneficiario aquellos en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 13/11/2012
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 218
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 20/11/2012
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 223
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento