Subvenciones destinadas a incentivar la contratacion indefinida de personas en situacion de desempleo.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S17419/13

Norma:

Orden HAC/23/2013, de 13 de mayo de 2013.

Plazo de Solicitud:

a) Hasta el día 31 de mayo de 2013; b) Desde el día 1 de junio al día 31 de julio de 2013.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y aprobar la convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar la contratación inicial indefinida.

Categorías Subvención

  • Empleo

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Economía y Hacienda (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención por contrataciones a tiempo completo a percibir por solicitante
y persona contratada será el que se indica por cada uno de los colectivos expresados (consultar tabla).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas, las pequeñas y medianas empresas del sector privado (PYMES), incluyendo autónomos, autónomas y mutualistas de colegio profesional, así como las entidades privadas sin ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La contratación indefinida inicial, a tiempo completo o a tiempo parcial, excluidos los contratos fijos-discontinuos, de personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo, que se realice por pequeñas y medianas empresas del sector privado, incluyendo autónomos, autónomas y mutualistas, así como por entidades privadas sin ánimo de lucro.

Requisitos:

Las empresas y entidades solicitantes, para ser benefi ciarias, deberán desarrollar su actividad en la Comunidad Autónoma de Cantabria y concertar los contratos de trabajo subvencionables con personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo, con anterioridad y hasta la fecha de alta en Seguridad Social de la contratación por la que se solicita la subvención, en alguna de las ofi cinas de empleo del Servicio Cántabro de Empleo, para su ejecución en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Cantabria, y reunir los demás requisitos y condiciones establecidos en la presente orden.

Las empresas y entidades solicitantes deberán acreditar con anterioridad a dictarse la
propuesta de resolución que se encuentran al corriente del cumplimiento de sus obligaciones
tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, frente a la Seguridad Social y
de sus obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Documentos asociados

Boletín: 24/05/2013
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 98
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento