Subvenciones destinadas a fomentar las actividades e instalaciones agrarias y forestales en el ámbito del Espacio Natural Guilleries-Savassona.- Convocatoria 2012.
Código de ayuda:
S04337/12Norma:
Vilanova de Sau, 31 de gener de 2012. Vilanova de Sau, 2 de gener de 2012.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 31/03/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
La regulación del procedimiento para el otorgamiento de subvenciones, correspondientes a el ejercicio de 2012, destinadas a fomentar las actividades e instalaciones agrarias y forestales en el espacio natural GuilleriesSavassona, que comprende los terrenos de los términos municipales de Vilanova de Sau, Folgueroles, Tavèrnoles y Sant Julià de Vilatorta, incluidos dentro del ámbito del Plan especial de Protección de este espacio natural, así como los terrenos del municipio de Sant Sadurní d'Osormort incluidos dentro del ámbito de los Planes especiales de delimitación del Espacio de Interés Natural de LasGuilleries y del Espacio de Interés Natural de Savassona, todo estos municipios agrupados junto con la Diputación de Barcelona en el Consorcio del Espacio Natural Guilleries-Savassona.
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consorcio del Espacio Natural de Les Guilleries-Savassona (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las subvenciones reguladas en estas bases son gastos de carácter público, voluntario y eventual, y su importe tendrá un límite máximo de CUATRO MIL QUINIENTOS EUR (4.500,00 EUR), salvo cuando se otorguen dos subvenciones a una misma finca en el supuesto excepcional previsto en el artículo 5 de estas bases, en cuyo caso, el límite de cada una de las dos subvenciones será de TRES MIL EUR (3.000,00 EUR La subvención no excederá en ningún caso del 50% del coste total de la obra, IVA incluido, teniendo en cuenta que esta cuantía no excederá el límite máximo antes mencionado.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
- Los titulares de explotaciones agrarias que estén situadas en el ámbito descrito.- Los propietarios de fincas igualmente situadas dentro del ámbito descrito, donde se lleven a cabo explotaciones agrarias en régimen de arrendamiento o aparcería.
- Los arrendatarios o aparceros de fincas agrarias situadas en el ámbito descrito.
- Los propietarios o arrendatarios de las edificaciones donde se lleven a cabo las actuaciones subvencionables de acuerdo con estas bases.
- Las cooperativas o asociaciones que tengan por finalidad la producción agraria, radicadas en el ámbito descrito.
- Los propietarios, los titulares de derecho de uso o las personas que tengan concertados con los anteriores convenios para la realización de aprovechamientos forestales en montes situados en el espacio descrito.
- Los representantes de agrupaciones y concentraciones de fincas forestales situadas en el espacio descrito.
- Las entidades sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, que tengan por objeto la prevención de ncendios o la gestión de flora y fauna. No podrán ser beneficiarios de subvenciones aquellas entidades que tengan firmados convenios de colaboración con el Consorcio de la EN Guilleries Savassona que comporte el otorgamiento de una subvención nominativa al presupuesto del año 2012.
- Con carácter general, los propietarios de las fincas o titulares de derechos que los acrediten para llevar a cabo las actuaciones subvencionables de acuerdo con estas bases.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
- Los trabajos sivícoles de tratamiento de plagas y de mejora forestal.- Los trabajos de reforestación incluidos en los planes de gestión, que tengan como finalidad la protección o mejora de la masa forestal.
- La realización de trabajos silvícolas que tengan por objeto la prevención de incendios y que estén contemplados en un plan de prevención municipal u otro instrumento de planeamiento similar.
- Las indemnizaciones por las limitaciones a aprovechamientos derivadas específicamente de la normativa del propio plan especial.
- La mejora de las explotaciones agrarias, incluida la construcción o mejora de instalaciones y edificios directamente vinculados y destinados a la explotación.
- La instalación de servicios básicos para la explotación agraria.
- Las actuaciones encaminadas a la recuperación de antiguos campos de cultivo.
- La redacción de proyectos de ordenación y los proyectos técnicos necesarios para la mejora de las explotaciones agrarias.
- Las inversiones encaminadas a la incorporación de un valor añadido a las producciones forestales o agrícolas-ganaderas (Primera transformación).
- La adquisición de maquinaria u otros útiles para la explotación.
- Las obras estructurales de casas y masías de antigüedad superior a 25 años, incluidas en el inventario el patrimonio arquitectónico del espacio natural, destinadas a su rehabilitación por los usos contemplados en el ordenamiento urbanístico vigente.
- Subvenciones para la mejora de las viviendas permanentes (primera residencia) oa aquellos equipamientos turísticos, culturales y de ocio admitidos en la normativa del Plan Especial de protección y mejora de la EN Guilleries Savassona, siempre que cumplan alguna de las siguientes condiciones:
a) Obras que afecten a los elementos exteriores del edificio y que estén sujetas a limitación normativa por parte de los planes especiales.
b) Mejoras encaminadas al ahorro energético ya la gestión ambiental de los recursos.
c) Gastos encaminadas a subsanar daños causados ​​por fenómenos naturales.
- Las obras de reparación y de mejora de las condiciones básicas de habitabilidad de las edificaciones destinadas a vivienda permanente (primera residencia) oa aquellos equipamientos turísticos, culturales y de ocio admitidos en la normativa del Plan Especial de protección y mejora de la EN Guilleries Savassona.
- Las obras de electrificación, traída de agua o teléfono y otros servicios y suministros básicos para las viviendas permanentes (primera residencia) o aquellos equipamientos turísticos, culturales o de ocio admitidos por la normativa.
Estas obras se subvencionarán exclusivamente hasta la entrada a la vivienda o equipamiento, quedando excluidas las instalaciones interiores.
- El mantenimiento y mejora de la red viaria básica del espacio, entendiendo como tal los caminos de titularidad pública de mayor importancia.
- El mantenimiento de la red viaria secundaria, entendiendo como tal los caminos de titularidad pública o privada que lleven a masías y explotaciones agrarias y forestales.
- El mantenimiento y mejora de la red viaria contemplada en los planes municipales de prevención de incendios.
- Las demás infraestructuras previstas en los planes municipales de prevención de incendios.
- Las obras de instalación o mejora de los sistemas de evacuación o depuración de aguas residuales.
- Las obras e instalaciones destinadas a aquellos equipamientos turísticos, culturales y de ocio admitidos en la normativa del Plan Especial que comporten la adopción de buenas prácticas ambientales, tales como depuración de aguas residuales, utilización de energías renovables o aplicación de medidas de eficiencia energética, así como aquellas que tengan como objeto el cumplimiento del código de accesibilidad para edificaciones y servicios.
Documentos asociados
Boletín:
09/02/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6063
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DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6063
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