Subvenciones destinadas a fomentar la adaptación de los edificios y espacios de uso y titularidad pública de los Municipios y Entidades Locales Menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura a la normativa vigente en materia de accesibilidad.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S35591/14

Norma:

DECRETO 154/2014, de 8 de julio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/09/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a fomentar la adaptación de los edificios y espacios de uso y titularidad pública de los Municipios y Entidades Locales Menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a la normativa vigente en materia de accesibilidad, así como establecer la convocatoria de estas ayudas para el año 2014.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención será del ochenta por ciento (80 %) del presupuesto del gasto
subvencionable, con un importe máximo de cincuenta mil euros (50.000,00 €).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los Municipios y Entidades Locales Menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La adaptación de los edificios y espacios de uso y titularidad pública de los Municipios y Entidades Locales Menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura a la normativa vigente en materia de accesibilidad.

Requisitos:

1. Presentar la correspondiente solicitud de subvención, debiendo formularse de acuerdo con el modelo que se establece en el Anexo del presente Decreto, acompañado de los documentos exigidos en el artículo 10 del mismo.

2. No hallarse incurso en ninguna de las circunstancias que señala el artículo 12.2 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, extremo que se justificará mediante declaración responsable en la propia solicitud de subvención, según el modelo del Anexo del presente Decreto.

3. Ostentar la titularidad o disposición de los bienes sobre los que se va a llevar a cabo la
actuación subvencionable.

Documentos asociados

Boletín: 14/07/2014
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 134
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento