Subvenciones destinadas a financiar proyectos de educación para la ciudadanía global y transformación social hacia la cooperación.

Código de ayuda:

S20828/26

Norma:

Resolución de 16 de julio de 2026.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 25 de agosto de 2026.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 15.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las normas reguladoras para la concesión de subvenciones, durante el ejercicio 2026, destinadas a financiar proyectos de Educación para la Ciudadanía Global y Transformación Social para la Cooperación (ECGTSC).

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Presidencia del Gobierno (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Intensidad: 100%
Cuantía máxima: 15.000€

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

* Tener la condición de agente de la cooperación canaria, pudiendo ser:
* Universidades.
* Organizaciones no gubernamentales de desarrollo (ONGD) sin ánimo de lucro.

* Tener personalidad jurídica propia de acuerdo con la normativa que les resulte de aplicación.

* Estar legalmente constituidas, al menos, un año antes de la publicación de la convocatoria.

* Estar inscritas en el registro correspondiente conforme a la normativa estatal o autonómica aplicable.

* Realizar actividades en el ámbito de la cooperación internacional para el desarrollo.

* Disponer de sede social o delegación permanente en la Comunidad Autónoma de Canarias con estructura suficiente para la dirección efectiva de sus proyectos.

* No estar incursas en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario previstas en los apartados 2, 3 y 3 bis del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

* No tener pendientes de justificar subvenciones concedidas anteriormente por la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, sus organismos públicos o entidades dependientes, siempre que haya finalizado el plazo de justificación.

* Estar dadas de alta como terceros acreedores del Gobierno de Canarias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Costes directos

Compra y elaboración de material fungible necesario para las actividades y campañas del proyecto.
Transporte y traslado de los materiales utilizados en las actividades.
Alquiler de locales para la realización de las actividades del proyecto (excepto la sede propia de la entidad).
Gastos de publicidad y difusión de las actividades y campañas.
Gastos de personal laboral contratado en Canarias para el diseño, elaboración y ejecución del proyecto, incluyendo:

Salarios.
Parte proporcional de finiquitos.
Seguridad Social a cargo de la entidad.
Dietas.
Gastos de desplazamiento.
Seguros de viaje.


Gastos de profesionales o servicios externos vinculados al diseño o elaboración del proyecto, siempre que no constituyan subcontratación y con un límite máximo del 40 % del presupuesto de ejecución subvencionado.

Costes indirectos
Son subvencionables los gastos generales de estructura necesarios para la ejecución del proyecto:

Administración.
Gestión.
Seguimiento.
Personal de sede en Canarias.
Gastos generales de funcionamiento imputables al proyecto.

Los costes indirectos no podrán superar el 10 % del presupuesto de ejecución del proyecto subvencionado.

Requisitos:

Realizar y acreditar la ejecución de las actividades subvencionadas, así como el cumplimiento de las condiciones establecidas en la resolución de concesión.


Justificar la realización de las actividades subvencionadas en la forma y plazos previstos en la convocatoria.


Comunicar al órgano concedente cualquier alteración de las circunstancias o requisitos tenidos en cuenta para la concesión de la subvención.


Comunicar las ayudas, subvenciones o aportaciones económicas obtenidas con posterioridad para la misma finalidad, procedentes de otras administraciones públicas, entidades públicas, entidades privadas o particulares.


Facilitar toda la información que le sea requerida por el órgano concedente y por los órganos de control interno y externo de la actividad económico-financiera de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.


Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento, control financiero y fiscalización que puedan efectuar el órgano concedente, la Intervención General, la Audiencia de Cuentas de Canarias o el Tribunal de Cuentas.


Acreditar el coste total de la actividad subvencionada y el importe de las ayudas, subvenciones o aportaciones económicas recibidas para la misma finalidad.


Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable, con el fin de garantizar las actuaciones de comprobación y control.


Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, durante un plazo mínimo de cuatro años.

Adoptar las medidas de publicidad y difusión de la financiación pública previstas en la Ley General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 28/07/2026
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 150
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 28/07/2026
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 150
Documento: BASES Y CONVOCATORA EXTRACTO Descargar Documento