Subvenciones destinadas a financiar las actuaciones de intervención arquitectónica en consultorios auxiliares destinados a la prestación de asistencia primaria sanitaria por parte de esta conselleria, en municipios de la Comunitat Valenciana, para los años 2026 y 2027.

Código de ayuda:

S13637/26

Norma:

RESOLUCIÓN de 28 de abril de 2026. RESOLUCIÓN de 13 de junio de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 12 de junio de 2026.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 500.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar la concesión de subvenciones para financiar las actuaciones de intervención arquitectónica en
Consultorios auxiliares destinados a la prestación de asistencia primaria sanitaria por parte de esta conselleria, en municipios de la Comunitat Valenciana y se convocan dichas subvenciones para los años 2026 y 2027.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Sanidad (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las subvenciones que se otorguen tendrán la consideración de subvención a fondo perdido, siendo el porcentaje de subvención a aplicar hasta el 100 % del importe solicitado, con un límite de 500.000,00 € por proyecto, sin que este pueda superar al coste de ejecución del correspondiente proyecto aprobado o el de adjudicación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Ayuntamientos de la Comunitat Valenciana.

Requisitos:

a) Que ostente la titularidad patrimonial del local en el que se propone la intervención arquitectónica o bien que dispongan, como arrendatarios, de local en el municipio para la función de prestación de asistencia sanitaria, debidamente acreditado, durante un tiempo mínimo de 20 años a partir de la solicitud de la subvención, más la autorización de la parte propietaria para realizar las obras.

b) Que dispongan de un informe técnico preliminar emitido por la persona titular de la Subdirección en materia de infraestructuras, según la base 2.1, al término de presentación de las solicitudes de la presente convocatoria.

c) En todo caso, disponer del correspondiente proyecto de obra, debidamente informado de conformidad por la Subdirección en fecha anterior a los cinco dias posteriores a la finalización del plazo de presentación de solicitudes de la presente convocatoria.

d) Haber incluido como condición especial de ejecución, en los pliegos de contratación aprobados dentro del último año natural anterior a la publicación de las presentes bases reguladoras, al menos una de las cláusulas de responsabilidad social previstas en el anexo II del Decreto 118/2022 siempre que ello resulte obligatorio de conformidad con la normativa de aplicación.

Documentos asociados

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