Subvenciones destinadas a financiar la realizacion de actuaciones, iniciativas y proyectos de educacion ambiental, de desarrollo sostenible y de Agenda 21, dirigidas a asociaciones o entidades sin animo de lucro, reguladas por la Orden 4014/2005, de 26 de diciembre, de la Consejeria de Medio Ambiente y Orde nacion del Territorio, modificada por la Orden 4705/2006, de 29 de diciembre, de la Consejeria de Medio Ambiente y Ordenacion del Territorio.

Código de ayuda:

S14864/10

Norma:

ORDEN 4014/2005, de 26 de diciembre. ORDEN 5186/2009, de 29 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/04/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Conceder ayudas a las entidades y asociaciones sin ánimo de lucro para la financiación de actuaciones de educación ambiental, de desarrollo sostenible y proyectos de Agenda 21 Local. Las actuaciones a subvencionar deberán ser realizadas en el territorio de la Comunidad deMadrid y dentro del período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2010.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Partiendo de la asociación que mayor puntuación ha obtenido y siguiendo un orden decreciente de puntuación se otorgará el 100 por 100 del presupuesto total solicitado a la Consejería (15.000 euros máximo por asociación) hasta que la cantidad disponible según el importe anual de la convocatoria lo permita.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades y asociaciones que cumplan los siguientes requisitos:

— Tratarse de entidades o asociaciones sin ánimo de lucro, debidamente inscritas en los Registros administrativos correspondientes.

— En los fines de los estatutos deben reflejarse la realización de actuaciones en el medio ambiente y/o de educación ambiental.

De no darse este supuesto se deberá acreditar la realización de trabajos y experiencias de educación ambiental y/o desarrollo sostenible efectuadas por la entidad o asociación en el último año.

— Tener implantación en el territorio madrileño o en un espacio mayor, en cuyo caso deberán tener sede domiciliada en la Comunidad de Madrid.

Documentos asociados

Boletín: 29/12/2005
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 310
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 11/03/2010
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 59
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento