Subvenciones destinadas a financiar la formación de las personas empleadas en las Administraciones locales y las Administraciones forales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Código de ayuda:

S21637/26

Norma:

RESOLUCIÓN de 15 de julio de 2026.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de septiembre a las 24:00h

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente convocatoria la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de la formación de las personas empleadas en las administraciones públicas vascas indicadas en la base tercera en el ejercicio 2026.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Formación
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA, ADMINISTRACIÓN DIGITAL Y AUTOGOBIERNO (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La dotación máxima de estas subvenciones asciende a 595.000,00 euros, distribuida por tipo de entidad de la siguiente forma:

Administraciones Forales de la Comunidad Autónoma: 185.000,00 €.
Administraciones Locales de la Comunidad Autónoma: 410.000,00 €.
Total convocatoria: 595.000,00 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Las administraciones locales de la Comunidad Autónoma de Euskadi. A estos efectos se incluyen:

Ayuntamientos.
Mancomunidades.
Cuadrillas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Planes o programas de formación aprobados por las administraciones públicas vascas para su personal durante el ejercicio 2026, que podrán incluir:

La oferta formativa propiamente dicha.
El diseño y/o elaboración de contenidos formativos.
El establecimiento de redes de aprendizaje temporal o permanente.
El diseño, elaboración y publicación de material docente en cualquiera de los soportes utilizados en formación.
Estudios relacionados con la evaluación del aprovechamiento, transferencia o impacto de la formación desarrollada por la entidad.

b) Participación en acciones formativas organizadas por el Instituto Vasco de Administración Pública (IVAP) durante el ejercicio 2026.

La subvención consistirá en la financiación de una parte de las matrículas abonadas. A esta modalidad podrán acogerse únicamente:

Municipios de menos de 15.000 habitantes.
Mancomunidades.
Cuadrillas.
Respecto de su propio personal y siempre que no hayan sido beneficiarios de las subvenciones correspondientes a los planes o programas de formación del apartado anterior.

Requisitos:

Presentar un único plan o programa de formación por entidad, referido a su propio personal.
El plan o programa podrá incluir la formación del personal de organismos autónomos dependientes de la entidad.
Las entidades supramunicipales podrán presentar planes o programas para el personal de todas o algunas de las entidades que las integran. La presentación de estos planes excluye la presentación individual de las entidades incluidas en ellos.
No incurrir en las prohibiciones recogidas en el artículo 13 de la Ley 20/2023 Reguladora del Régimen de Subvenciones.
Cumplir los requisitos exigidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 04/08/2026
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 147
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento