Subvenciones destinadas a federaciones de asociaciones y asociaciones sin animo de lucro para la realizacion de actividades orientadas a la consecucion de un envejecimiento activo.- Convocatoria 2012.- Modificación.

Código de ayuda:

S14591/12

Norma:

Palma, 19 de abril de 2012. Palma, 17 de septiembre de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/05/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fijar las condiciones que regulan la concesión de subvenciones para realizar actividades destinadas a mejorar la calidad de vida del colectivo de las personas mayores en el marco de ‘el Año europeo del envejecimiento activo y la solidaridad intergeneracional, 2012’.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Mallorca (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones de personas mayores y federaciones de asociaciones de personas mayores, sin ánimo de lucro, que tienen que ejercer el proyecto que fundamenta el otorgamiento o que están en una situación que legitima la concesión (artículo 11 de la LGS), y que reúnan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos derivados de actividades integrantes de proyectos, que tengan como eje principal la promoción del envejecimiento activo, dirigidos a:

- Mejorar la calidad de vida y potenciar la capacidad creativa de las personas mayores.

- Fomentar la realización de actividades físicas con el fin de prevenir problemas derivados de la inactividad y la autonomía personal.

- Favorecer la integración y la participación social.

- Proporcionar un espacio de ocio y tiempo libre adecuado a sus intereses y expectativas.

Requisitos:

a) Tener como finalidad el desarrollo de las personas mayores y la mejora de su calidad de vida.

b) Estar legalmente constituida y adaptada a la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación.

c) Estar inscrita en el Registro de Entidades Jurídicas del Gobierno de las Islas Baleares en fecha anterior a 1 de enero de 2012.

d) Tener ámbito de actuación en la isla de Mallorca.

e) Tener capacidad jurídica y de obrar.

f) Estar al corriente en el cumplido de las obligaciones tributarias y de la seguridad social.

g) Estar al corriente de las obligaciones económicas con el Consejo de Mallorca.

Documentos asociados

Boletín: 26/04/2012
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 59
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento
Boletín: 22/09/2012
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 139
Documento: Modificación Descargar Documento