Subvenciones destinadas a favorecer la digitalización básica en las microempresas de Castilla y León.

Código de ayuda:

S17419/26

Norma:

ORDEN EYH/575/2026, de 16 de junio.

Plazo de Solicitud:

A establecer en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a favorecer la digitalización básica en las microempresas de Castilla y León, que se incorporan como anexo, a la presente orden.

Categorías Subvención

  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejeria de Economía y Hacienda (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido que se determinará en función de los siguientes tramos:
– 1.200 € cuando el gasto que se establezca como subvencionable sea inferior a 2.000 €.
– 1.500 € cuando el gasto que se establezca como subvencionable sea igual o superior 2.000€ e inferior a 2.500 €.
– 1.800 € cuando el gasto que se establezca como subvencionable sea igual o superior 2.500 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán tener la condición de entidades beneficiarias las microempresas, incluidos los autónomos, según la definición dada en el apartado 1 de la base tercera, que cumplan los requisitos exigidos en las presentes bases y en las correspondientes convocatorias y realicen proyectos subvencionables en la Comunidad de Castilla y León

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Software, incluyendo SaaS; tratándose de licencias de carácter temporal, sólo será subvencionable el importe abonado por el tiempo que se establezca en la convocatoria.
b) Hardware y los equipos necesarios para la implementación de la solución o soluciones objeto del proyecto.
c) Colaboraciones externas necesarias para la realización de uno o varios de los siguientes conceptos:
i. Consultoría de procesos que permita detectar las principales necesidades de la entidad beneficiaria en relación con su proceso de digitalización.
ii. Consultoría tecnológica sobre las mejores herramientas para abordar las necesidades de la entidad beneficiaria.
iii. Consultoría para la implantación de las herramientas/soluciones seleccionadas para su integración en los procesos de la microempresa.
iv. Consultoría de seguimiento de la implantación realizada.
v. Capacitación de empleados de la entidad beneficiaria en las herramientas/soluciones implantadas.

Documentos asociados

Boletín: 22/06/2026
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 118
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento