Subvenciones destinadas a entidades y asociaciones sin animo de lucro del concejo de Siero.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S33373/13

Norma:

En La Pola Siero, a 22 de agosto de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 25/09/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva y dentro de los limites presupuestarios que se especifican a entidades y asociaciones sin ánimo de lucro y
AMPAS.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Ayuntamiento de Siero (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la subvención que puede otorgarse a cada solicitante dentro de la cantidad convocada será el importe estimado de la necesidad o el coste total de su objeto, estableciéndose como límite máximo el ochenta por ciento (80%) del coste de la actividad a la que se aplique, sin que el importe concedido pueda ser rebasado por desviación en la ejecución.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades y asociaciones sin animo de lucro del concejo de Siero.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A) Festejos: actividades relacionadas con los festejos tradicionales, patronales o populares y en general, aquellas actividades festivas cuyo destinatario sea el público en general y constituyan alternativas de ocio.

B) Grupos folklóricos: actividades que tengan por finalidad fomentar la investigación, recuperación y divulgación del folclore popular y promover la continuidad de estas actividades, promocionando y consolidando el folklore asturiano en general, y sierense en particular; actividades formativas; actividades musicales; realización de montajes y fomento del asociacionismo folklórico.

C) Cultura: actividades relacionadas con las artes, las ciencias y las letras. Igualmente serán objeto de subvención, las actividades de animación socio cultural, especialmente las de ocio y tiempo libre, destinadas al fomento de la creatividad y participación vecinal, así como los espectáculos de música, teatro, conferencias, exposiciones y en general actividades de difusión cultural.

D) Participación vecinal: actividades dirigidas a la promoción y actuación de las asociaciones de vecinos, así como al fomento del asociacionismo vecinal.

E) Mujer: actividades dirigidas a favorecer la participación social de las mujeres, el fomento de la igualdad, los hábitos de vida saludable, la prevención e información en materia de prevención e intervención en relación con la violencia ejercida hacia las mujeres, favorecer la sensibilización sobre el reparto de responsabilidades familiares y domesticas, información y formación a las mujeres en relación con los problemas asociados a la discriminación por género y las alternativas para conseguir la igualdad plena, fomento del asociacionismo y sirvan para generar redes de asociaciones de mujeres, y talleres sobre la utilización del lenguaje no sexista.

F) Educación: actividades extraescolares desarrolladas por las AMPAS.

G) Juveniles: actividades propias de las entidades o asociaciones juveniles que fomenten y consoliden la participación de los jóvenes en la vida social a través de las asociaciones, proyectos de animación sociocultural y de ocio y tiempo libre.

H) Agrupaciones corales: actividades que favorezcan el desarrollo de las agrupaciones corales en el ámbito municipal de Siero, su formación musical y la promoción de la cultura coral de Siero.

Requisitos:

1. Estar legalmente constituidas como asociación.

2. Estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y mantener en el Registro sus datos actualizados en cumplimiento del Art. 17 del Reglamento de Participación Ciudadana.

3. Carecer de animo de lucro y no depender económica o institucionalmente de entidades lucrativas.

4. Estar al corriente, en el caso de haber recibido subvenciones de este Ayuntamiento con anterioridad en el cumplimiento de las obligaciones contraídas por tal concesión.

5. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social y de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Siero.

6. No estar incurso en ninguna de las causas de prohibición contendidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones. La acreditación de no estar incursos en las prohibiciones a que se refiere este artículo se realizará mediante declaración responsable ante el órgano concedente de la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 31/08/2013
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 203
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento