Subvenciones destinadas a entidades sin animo de lucro que desarrollen proyectos dirigidos a asistir a mujeres embarazadas y madres sin recursos con hijos menores de un año y al mantenimiento de una red de apoyo durante el año 2012.

Código de ayuda:

S44500/10

Norma:

ORDEN 1112/2010, a 28 de junio. ORDEN 2141/2011, de 30 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/02/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Asistir a mujeres embarazadas y madres sin recursos con hijos menores de un año, y al mantenimiento de una red de apoyo.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Entidades sin ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Se subvencionarán los gastos correspondientes a la realización de los proyectos que desarrollen alguna o algunas de las siguientes acciones:

a) Alojamiento de las mujeres embarazadas o madres sin recursos con hijos menores de un año.

b) Información de los recursos disponibles a mujeres embarazadas y madres sin recursos con hijos menores de un año.

c) Asesoramiento legal y psicológico a mujeres por motivo de su embarazo.

d) Servicios de cuidado y atención inmediata para recién nacidos hasta un año de edad.

e) Programas sociolaborales dirigidos a mujeres embarazadas y madres sin recursos con hijos menores de un año tendente a garantizar su autonomía personal y patrimonial frente a situaciones de vulnerabilidad o exclusión social.

No se subvencionarán las siguientes actividades:

— Las acciones, objeto de la presente convocatoria, realizadas por entidades vinculadas por contrato, convenio o concierto con la Dirección General de Familia.

— Ayudas económicas individuales.

— Campañas publicitarias o acciones de promoción o divulgación de la propia entidad solicitante.

— Actividades, viajes, o desplazamientos que tengan lugar fuera del ámbito de la Comunidad de Madrid.

3. El ámbito temporal de esta convocatoria comprende los años 2011 y 2012.

Las acciones subvencionables deberán realizarse en la Comunidad de Madrid, en el período comprendido entre el 1 de enero de 2011 y el 31 de octubre del año 2012.

Requisitos:

Podrán ser solicitantes de las subvenciones que regula la presente Orden las entidades sin ánimo de lucro válidamente constituidas que cumplan los siguientes requisitos a la finalización del plazo de presentación de solicitudes:

a) Carecer de ánimo de lucro.
b) Realizar actuaciones, objeto de esta convocatoria, en el territorio de la Comunidad de Madrid, acreditándolo por cualquier medio admitido en derecho.
c) Haber realizado proyectos, objeto de esta convocatoria, durante el ejercicio 2011.
d) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como no tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid.
e) Las entidades que presten alojamiento deberán tener el centro donde se van a gestionar las plazas, inscrito y autorizado en el Registro de Entidades de Acción Social y Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid.

El resto de entidades deberán tener inscrito centro, servicio, o la propia entidad, en el Registro de Entidades de Acción Social y Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, o haber realizado una comunicación previa, con anterioridad a la finalización del plazo para la presentación de solicitudes.

Documentos asociados

Boletín: 12/07/2010
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 165
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 20/01/2012
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 17
Documento: Modificación Bases y Convocatoria 2012 Descargar Documento