Subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos dirigidos a asistir a jóvenes embarazadas y madres o padres sin recursos y al mantenimiento de una Red de apoyo.
Código de ayuda:
S15719/05Norma:
Orden 1928/2005, de 7 de abril.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 12/05/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer el régimen de concesión de ayudas a favor de entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos dirigidos a asistir a jóvenes embarazadas y madres o padres sin recursos, hasta treinta y cinco años de edad, y al mantenimiento de una Red de apoyo.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Juventud
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Educación (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
No podrá ser nunca superior a 60.000 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las Asociaciones y Fundaciones válidamente constituidas.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se subvencionará los proyectos que desarrollen alguna o algunas de las siguientes acciones:a) Información de los recursos disponibles a jóvenes embarazadas y madres jóvenes sin recursos.
b) Asesoramiento legal y psicológico a mujeres jóvenes por motivos de su embarazo.
c) Formación y orientación para la inserción social y laboral.
d) Entrega de mobiliario, enseres y alimentos para los bebés y otras ayudas.
e) Consultas pediátricas y cuidado de bebés por horas.
f) Servicio de guardería durante el primer año de vida.
g) Alojamiento de las jóvenes embarazadas o madres durante el primer año de vida.
Requisitos:
a) Tener su sede principal o realizar actuaciones en el territorio de la Comunidad de Madrid. A tal efecto, la sede se acreditará mediante fotocopia de sus Estatutos y la realización de actuaciones dentro de la Comunidad de Madrid se acreditará por cualquier medio admitido en derecho.b) Haber realizado proyectos, objeto de esta convocatoria, durante el ejercicio anterior.
c) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como no tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid.
Documentos asociados
Boletín:
12/04/2005
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 86
Documento: Bases y Convocatoria 2005 Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 86
Documento: Bases y Convocatoria 2005 Descargar Documento
Boletín:
12/04/2005
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 86
Documento: Anexos Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 86
Documento: Anexos Descargar Documento
Boletín:
17/11/2005
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 274
Documento: Modificación Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 274
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