Subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro de la Comunidad de Madrid, para la realización de actuaciones de promoción deportiva sobre colectivos menos favorecidos.

Código de ayuda:

S23355/06

Norma:

ORDEN 1510/2006/00.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/08/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La elaboración, redacción y/o ejecución de planes, programas, proyectos, estudios o investigaciones que promuevan y favorezcan el acercamiento y asequibilidad de la práctica de actividades físicas y deportivas a colectivos concretos: Inmigrantes, personas mayores, mujeres, discapacitados y otros colectivos menos favorecidos, a los que la práctica de actividades físicas y deportivas les reporte beneficios de salud tanto física como psicológica, sociales, educativos, de integración, etcétera.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Cultura y Deportes (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Máximo del 80 por 100 del coste de la actuación subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Entidades sin ánimo de lucro que cumplan con los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de subvención los gastos corrientes correspondientes a actividades que estén relacionadas de forma directa con los objetivos debidamente especificados del programa presentado por la entidad. Aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada.

En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.

Se entiende por gasto corriente aquellos gastos que se caracterizan por reunir alguna de las siguientes características: Ser bienes fungibles, tener una duración previsible inferior al ejercicio presupuestario, no ser susceptibles de inclusión en inventario o ser gastos previsiblemente repetitivos. Por tanto, no se financiarán los gastos de capital.

El gasto de personal subvencionable será exclusivamente el del personal involucrado en la ejecución directa de la actuación.

Solo serán subvencionados los gastos de desplazamiento imprescindibles para el desarrollo del programa.

Requisitos:

a) Estar inscritos en el Registro autonómico o nacional correspondiente con una antigüedad mínima de un año con respecto a la fecha de finalización de presentación de solicitudes. Se acreditará con la presentación de los Estatutos con la inscripción correspondiente.

b) En el caso de que la entidad sea una asociación, deberá haber formalizado sus Estatutos de conformidad con la Ley 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación, o, en su caso, haber efectuado la oportuna adaptación de los mismos. Dicho extremo se acreditará mediante copia de los Estatutos debidamente inscritos.

c) No estar incurso en alguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones contempladas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a cuyo efecto se suscribirá declaración responsable.

d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, lo que se acreditará mediante las correspondientes certificaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de la Seguridad Social. Asimismo, no tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas. En este último caso el órgano instructor de los expedientes solicitará de oficio a la Dirección General de Tributos el certificado correspondiente.

e) Tener alguna sede en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid. Se acreditará con la presentación de los Estatutos y sus modificaciones, en su caso.

Los requisitos deberán mantenerse hasta la fecha de justificación de la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 20/07/2006
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 171
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento