Subvenciones destinadas a entidades que realicen, durante el año 2011, actuaciones o programas sin ánimo de lucro, considerados de interés social o local que complementen la competencia municipal.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S18746/11Norma:
Badalona, 23 de març de 2011. Badalona, 23 de febrer de 2011.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 12/04/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de subvenciones por parte del Ayuntamiento de Badalona destinadas a entidades que lleven a cabo actuaciones o programas de utilidad pública o interés social para el municipio de Badalona, que complementen o suplan la competencia municipal o sean de interés local.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Asociacionismo y Voluntariado
Educación y Ciencia
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ayuntamiento de Badalona (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Como regla general el importe de la subvención no sobrepasará el 50% del coste de la actividad a la que se aplique.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las entidades que tramiten la correspondiente solicitud y que cumplan las condiciones y requisitos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las actuaciones o programas subvencionables tendrán carácter social, de salud, educativo, infantil, juvenil, cultural, deportivo y vecinal se ajustarán, además a los requisitos específicos y criterios establecidos por los departamentos o ámbitos que impulsan los diferentes objetos subvencionables.Requisitos:
1. Condiciones· Que las entidades lleven a cabo actuaciones o programas de utilidad pública o interés social para el municipio de Badalona.
· Que las actividades complementen o suplan la competencia municipal en los términos del art. 1 de las Bases.
· Que las actividades que realicen sean sin afán de lucro.
2. Los requisitos que deben acreditarse debidamente son:
· Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro público que corresponda.
· No estar incurso en el régimen de incompatibilidades y prohibiciones vigente de acuerdo con el art. 13.2 y 3 LGS en relación al arte. 26 RLGS.
· Estar al corriente de sus obligaciones tributarias, con la seguridad social, y con el Ayuntamiento de Badalona, de acuerdo con el art. 13.2 e) LGS en relación a los artículos 18 y 19 y 22.1 RLGS.
· Haber justificado suficientemente las ayudas económicas recibidas con anterioridad del Ayuntamiento.
· El cumplimiento de los requisitos específicos que, para cada objeto subvencionable, se detallan en los anexos de las bases.
Documentos asociados
Boletín:
11/03/2011
BO Provincia de Barcelona- Nº
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento
BO Provincia de Barcelona- Nº
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento
Boletín:
01/04/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5850
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