Subvenciones destinadas a entidades privadas sin ánimo de lucro para la financiación de gastos de adquisición de vehículos eléctricos, de adquisición de enchufes y de adquisición o mantenimiento de herramientas informáticas, tecnológicas y de comunicaciones para la prestación de servicios sociales en las Illes Balears, con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del impuesto sobre la renta de las personas físicas y el impuesto sobre sociedades correspondiente a los años 2026 y 2027, para inversiones a ejecutar durante los años 2027 y 2028.
Código de ayuda:
S17628/26Plazo de Solicitud:
Hasta el 21 de julio de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Subvenciones destinadas a entidades privadas sin ánimo de lucro para financiar los gastos de inversión para la adquisición de vehículos eléctricos, la adquisición de enchufes y la adquisición o el mantenimiento de herramientas informáticas, tecnológicas y de comunicaciones para la prestación de servicios sociales que se lleven a cabo en las Illes Balears. La financiación se hará con cargo a la asignación del 0,7 % del impuesto sobre la renta de las personas físicas y el impuesto sobre sociedades correspondiente a 2026 y 2027, para inversiones a ejecutar en los ejercicios de 2027 y 2028.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor
Islas BalearesConvoca:
Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia (Islas Baleares)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Entidades sin ánimo de lucro.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán subvencionables las siguientes líneas de actuación:a) Línea 1: gastos de inversión destinados a la adquisición y, en su caso, adaptación de un vehículo eléctrico enchufable para el transporte de personas y/o a la instalación del correspondiente punto de recarga, para su utilización en la prestación de servicios sociales en las Illes Balears.
El vehículo deberá ser nuevo y estar matriculado por primera vez en España a nombre de la entidad o persona beneficiaria de la ayuda. Quedan excluidos los vehículos de movilidad personal (VMP).
Esta línea incluye las siguientes modalidades:
• Adquisición de vehículo eléctrico.
• Instalación de punto de recarga.
• Adquisición de vehículo eléctrico e instalación de punto de recarga.
b) Línea 2: gastos de inversión destinados a la adquisición o mantenimiento de herramientas informáticas, tecnológicas y de comunicaciones, así como de material audiovisual, para su utilización en la prestación de servicios sociales en las Illes Balears.
Documentos asociados
Boletín:
11/03/2021
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 34256
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 34256
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
23/06/2026
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 79
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 79
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
