Subvenciones destinadas a entidades locales con población inferior a 20.000 habitantes, para financiar proyectos de interés turístico regional y de mejora de la señalización de los recursos turísticos.
Código de ayuda:
S36700/23Norma:
ORDEN CYT/1151/2023, de 29 de septiembre. Orden de 7 de noviembre de 2023. ORDEN CYT/419/2025, de 24 de abril. Orden de 10 de junio de 2025.Plazo de Solicitud:
Hasta el 11 de julio de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Las subvenciones reguladas en esta orden tendrán como finalidad contribuir a la desestacionalización y diversificación de la oferta turística regional, a la mejora de la señalización de los recursos turísticos, impulsando la puesta en valor de los recursos culturales y artísticos, y a mejorar la calidad de los destinos turísticos de Castilla y León.Convocar, para el año 2025, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones destinadas a Entidades Locales con población inferior a 20 000 habitantes, para financiar proyectos de interés turístico regional y de mejora de la señalización de los recursos turísticos.
Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Turismo y Hostelería
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (Castilla y León)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Podrán ser entidades beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta orden los municipios y las entidades locales menores, así como las comarcas, mancomunidades y asociaciones de municipios, y demás entidades previstas en la legislación vigente en materia de régimen local, con población inferior a 20.000 habitantes de acuerdo con la última actualización del padrón de habitantes, a la fecha de publicación de la convocatoria.Los miembros asociados del beneficiario, siempre que tengan la condición de públicos, que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamentan la concesión de la subvención en nombre y por cuenta del beneficiario tendrán igualmente la consideración de beneficiarios.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Dos líneas de proyectos:a) Proyectos de interés turístico general
b) Proyectos de mejora de señalización turística regional
Los gastos para los que pueden solicitarse las subvenciones reguladas en esta
orden son los siguientes:
a) Los gastos necesarios para la adecuada ejecución de las actuaciones subvencionadas, incluyendo, en su caso, los gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales y registrales y los gastos periciales para la realización del proyecto, siempre y cuando fueran indispensables para la ejecución de la intervención. A tal efecto, serán subvencionables, los gastos
correspondientes a los honorarios facultativos devengados por la redacción de los proyectos técnicos precisos para la ejecución de las actuaciones y por la dirección facultativa de las obras de ejecución de las mismas, en su caso, así como, en general el coste de los estudios que sean precisos para la ejecución de las actuaciones.
b) Los gastos de personal correspondientes al pago de las retribuciones del personal contratado específicamente para la ejecución de la actuación subvencionada, y siempre que esta circunstancia quede debidamente acreditada en el expediente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la presente orden.
c) El Impuesto sobre el Valor Añadido que deba satisfacerse por los beneficiarios como consecuencia de la realización de la actuación subvencionada en los términos previstos en el artículo 31.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones No serán subvencionables las cantidades que en tal concepto se hayan devengado por la realización de actuaciones o gastos que, de conformidad con lo previsto en estas bases, no resulten subvencionables.
Documentos asociados
Boletín:
04/10/2023
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 191
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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10/11/2023
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 216
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10/11/2023
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02/05/2025
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 82
Documento: Modificación Descargar Documento
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Boletín:
13/06/2025
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 112
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