Subvenciones destinadas a entidades locales aragonesas para la financiación de proyectos de cooperación transfronteriza entre la Comunidad Autónoma de Aragón y la región francesa de Occitania, durante el año 2020.

Código de ayuda:

S05446/19

Norma:

ORDEN PRE/2106/2017, de 12 de diciembre. ORDEN PRE/1622/2018, de 8 de octubre. ORDEN PRE/9/2019, de 17 de enero. ORDEN PRI/125/2020, de 17 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de marzo de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvenciones destinadas a la fnanciación de proyectos de cooperación transfronteriza entre la Comunidad Autónoma de Aragón y la región francesa de Occitania que se desarrollen en el año 2020.

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Presidencia (Aragón)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser benefciarios de las subvenciones las entidades locales aragonesas especifcadas en el artículo 2 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la Orden de bases reguladoras.

Las entidades locales deberán presentar, al menos, un socio en el proyecto que tenga vecindad administrativa o domicilio social en la región francesa de Occitania, siendo necesario que el socio francés presente, asimismo, solicitud de subvención ante el Consejo Regional de Occitania.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Infraestructuras de transporte y comunicaciones.

- Medio Ambiente y desarrollo sostenible.

- Cultura y Turismo.

- Enseñanza superior, educación y formación profesional.

- Industria, comercio, artesanía, servicios y apoyo empresarial.

- Actividades agrícolas, agroalimentarias y pastoriles.

- Investigación, innovación, transferencia tecnológica y sociedad de la información.

- Prevención y gestión de riesgos naturales.

Los proyectos objeto de subvención deberán desarrollarse desde el 1 de enero hasta el 15 de noviembre de 2019.

Documentos asociados

Boletín: 27/12/2017
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