Subvenciones destinadas a confederaciones, federaciones y a las entidades de iniciativa social, no asociadas ni federadas, sin ánimo de lucro para el desarrollo de proyectos de asesoramiento y formación de personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de Galicia, cofinanciada por el Fondo Social Europeo, en el marco del programa operativo FSE Galicia 2014-2020.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S27682/17

Norma:

ORDEN de 31 de mayo de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 13 de julio de 2017.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 60.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y la convocatoria para el período 2017-2018 de una línea de subvenciones dirigidas a las confederaciones, federaciones, consideradas ambas entidades de segundo nivel asociativo, y a las entidades de iniciativa social no asociadas ni federadas, en el ámbito de las personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de Galicia, para realizar por estas uno o varios proyectos formativos orientados a la adquisición de formación prelaboral y de habilidades para el desarrollo de actividades en la vida cotidiana que permitan una preparación para una futura inserción sociolaboral (código del procedimiento BS614A).

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Discapacidad / Personas con discapacidad

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Politica Social (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima concedida por proyecto formativo será de 60.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser destinatarias de las subvenciones para el desarrollo de los proyectos regulados en esta convocatoria, las confederaciones y las federaciones cuyo objeto social incluya la promoción o realización de acciones en el ámbito de las personas con discapacidad y las entidades de iniciativa social que, contando con análogo objeto social, no se encuentren asociadas ni federadas a las anteriores entidades de segundo nivel asociativo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Se promoverá el desarrollo del área personal y social y/o el área de formación básica y prelaboral.

b) Se promoverá el desarrollo de acciones previas que mejoren su posibilidad de inserción laboral, como formación básica instrumental, formación para mejorar la autoestima y formación para mejorar sus habilidades sociales en general.

Requisitos:

a) Estar inscritas en el área de personas con discapacidad y en la categoría de iniciativa social del Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales, regulado por el Decreto 254/2011, de 23 de diciembre, por el que se regula el régimen de registro, autorización, acreditación e inspección de servicios sociales en Galicia.

b) Carecer de ánimo de lucro.

c) Tener domicilio social en Galicia o delegación en la Comunidad Autónoma.

d) No encontrarse en ninguna de las situaciones establecidas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio.

e) Cumplir los requisitos y condiciones establecidos en esta orden y en la normativa general de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 13/06/2017
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 111
Documento: Bases, Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 13/06/2017
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 111
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento