Subvenciones destinadas a asociaciones sin animo de lucro de pacientes y familiares de pacientes de la Comunidad de Madrid, para el desarrollo de programas de prevencion de la enfermedad, ayuda mutua y autocuidados para personas con enfermedad cronica.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S44500/12

Norma:

ORDEN 1040/2012, de 22 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/01/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer, en este título, las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a asociaciones sin ánimo de lucro de pacientes y familiares de pacientes de la Comunidad de Madrid que promuevan proyectos, en la citada Comunidad, para el desarrollo de programas de prevención de la enfermedad, ayuda mutua y autocuidados para personas con enfermedad crónica, contribuyendo, con ello, a la mejora de la salud y calidad de vida del conjunto de los ciudadanos de la Comunidad de Madrid.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Sanidad (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cantidad máxima subvencionable será de 30.000 euros por entidad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las entidades ciudadanas, grupos, asociaciones, federaciones, fundaciones u ONG, sin ánimo de lucro, que organicen o tengan en marcha proyectos de actuación en la Comunidad deMadrid para la prevención de la enfermedad, la ayuda mutua y autocuidados para personas con enfermedad crónica y/o familiares.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El desarrollo de las actividades que tengan como objetivo la prevención de la enfermedad, la ayuda mutua y autocuidados para enfermos crónicos, favoreciendo la adopción de actitudes y comportamientos preventivos y aumentando, con ello, el impacto de las actuaciones llevadas a cabo por las instituciones sanitarias y de atención primaria.

Requisitos:

Para ser beneficiarias de estas subvenciones, las entidades solicitantes deberán tener como fines constitutivos la realización de actividades propias del objeto al que se hace referencia en el artículo 1 de la presente Orden.

Deberán contar, además, con una estructura organizativa y técnica adecuada que garantice el cumplimiento de los objetivos que se pretenden desarrollar.

Documentos asociados

Boletín: 19/12/2012
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 302
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento