Subvenciones destinadas a asociaciones sanitarias ciudadanas sin ánimo de lucro de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de programas de Ayuda Mutua y autocuidados para enfermos crónicos, para el año 2007.

Código de ayuda:

S07519/07

Norma:

ORDEN 2269/2006, de 27 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 24/02/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras por las que ha de regirse la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al desarrollo de proyectos de actuación que sirvan para prevención y promoción de la salud, promover servicios de relación de ayuda y orientación a jóvenes y/o familiares, realizadas dentro del ámbito de la Comunidad de Madrid, a la financiación de gastos corrientes ocasionados por la realización de acciones dirigidas a la promoción de la salud, los autocuidados y la ayuda mutua en relación a los campos de actuación prioritarios de la Dirección General de Salud Pública y Alimentación, así como convocar las referidas subvenciones para el año 2007.

Estas acciones deberán desarrollarse en el período comprendido entre el 1 de octubre del año 2006 y el 31 de agosto del año 2007.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Sanidad (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Los grupos de Ayuda Mutua, asociaciones u organizaciones sin ánimo de lucro que organicen o tengan en marcha proyectos de actuación en la Comunidad de Madrid, que vayan dirigidos prioritariamente a desarrollar y promover la ayuda mutua y los autocuidados en enfermos crónicos y/o familiares.

Los grupos de Ayuda Mutua, asociaciones u ONG que deseen tomar parte en esta convocatoria, deberán ser entidades sin ánimo de lucro.

Para ser beneficiarias de estas subvenciones, las asociaciones deberán tener como fines constitutivos u orientaciones la realización de actividades subvencionadas por la presente convocatoria.

Deberán contar, además, con una estructura organizativa y técnica adecuada que garantice el cumplimiento de los objetivos que se pretenden desarrollar.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las subvenciones estarán destinadas al desarrollo de proyectos de actuación que sirvan para promocionar la salud, promover la ayuda mutua y los autocuidados en enfermos crónicos y/o familiares, realizadas
dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

Podrán ser objeto de subvención los gastos corrientes correspondientes a actividades que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, y se realicen en el plazo establecido por las bases reguladoras.

Documentos asociados

Boletín: 25/01/2007
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 21
Documento: Bases, Convocatoria y Anexos Descargar Documento