Subvenciones destinadas a asociaciones, fundaciones y otras entidades y organizaciones sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana, para la realización de actuaciones relacionadas con la formación y divulgación en materia de responsabilidad social.- Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S35973/16

Norma:

ORDEN 6/2016, de 14 de septiembre. Resolución de 3 de abril de 2017. RESOLUCIÓN de 13 de febrero de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 21 de marzo de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente resolución es convocar para el ejercicio 2018 las subvenciones destinadas a asociaciones, fundaciones y otras entidades y organizaciones sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana legalmente constituidas para la realización de actuaciones relacionadas con la formación y divulgación en materia de responsabilidad social.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las subvenciones serán de cuantía variable, determinada proporcionalmente en función de la puntuación obtenida.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones reguladas en las presente orden las asociaciones, fundaciones y otras entidades y organizaciones sin ánimo de lucro con domicilio social en
la Comunitat Autónoma Valenciana, legalmente constituidas e inscritas en el registro que corresponda en función del tipo de entidad u organización de que se trate, y que dispongan de una sede central o delegación permanente en el territorio de la Comunitat Valenciana.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Las actuaciones que se podrán subvencionar son las siguientes:

a) La organización de congresos, jornadas, encuentros, conferencias, charlas o mesas redondas relacionados con el desarrollo y difusión de la responsabilidad social.

Quedan expresamente excluidos de esta convocatoria los gastos de restauración y la entrega de obsequios que pudieran derivarse de la realización de las actividades señaladas en el párrafo anterior.

Las subvenciones que puedan concederse para contribuir a financiar los gastos derivados del pago a ponentes, conferenciantes o moderadores por su intervención en cualquiera de las actividades reseñadas en este apartado se atendrán a los límites establecidos por la normativa autonómica sobre indemnizaciones por razón del servicio y gratificaciones por servicios extraordinarios.

b) La edición de publicaciones relacionadas con las actuaciones descritas en el anterior apartado a y las que tengan como finalidad recopilación de experiencias y materiales de responsabilidad social para su difusión.

Documentos asociados

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