Subvenciones destinadas a apoyar programas de cooperacion al desarrollo y solidaridad internacional y se convoca concurso para la concesion de subvenciones con caracter plurianual para el periodo correspondiente a los años 2010 y 2012.

Código de ayuda:

S47028/10

Norma:

RESOLUCIÓN VCP/2556/2010, de 15 de julio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/09/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones a programas de carácter plurianual que realizan las organizaciones no gubernamentales de desarrollo en el ámbito de la cooperación al desarrollo y la solidaridad internacional.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Otras

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Agencia Catalana de Cooperación al Desarrollo (ACCD) (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las ONGD que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Programas de cooperación al desarrollo que hay que realizar en determinados países socios del sur. La subvención que se solicite por programa no puede superar los 300.000 euros por anualidad.

- Programas de educación para el desarrollo en Cataluña. La subvención que se solicite por programa no puede superar los 90.000 euros por anualidad.

Requisitos:

a) Haber cumplido 3 años, que se cumplan durante el año natural en curso, de constitución legal o de inscripción en el registro oficial correspondiente.

b) Estar inscrita en el Registro de organizaciones no gubernamentales para el Desarrollo o en el Registro de organizaciones no gubernamentales de desarrollo adscrito a la Agencia Española de Cooperación Internacional al Desarrollo.La inscripción en el registro tendrá que ser efectiva, a más tardar, en la fecha de resolución de la correspondiente convocatoria.

c) Disponer de sede social o delegación con establecimiento permanente en Cataluña debidamente inscrita en el registro oficial correspondiente.

d) Tener un equipo de gestión o un órgano de trabajo con capacidad de decisión en Cataluña que pueda asumir la responsabilidad directa de los programas o las actuaciones para los que se solicite subvención.

e) Tener una presencia activa, capacidad de movilización y base social amplia en el territorio catalán.

f) Disponer de capacidad logística, recursos humanos, materiales y experiencia para garantizar los objetivos del programa que se solicita subvencionar.

g) Estar al corriente de las obligaciones derivadas de las subvenciones percibidas de la Generalidad en ejercicios anteriores.

h) Estar al corriente de las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalidad y de las obligaciones ante la Seguridad Social.

i) En el caso de entidades con 50 trabajadores/as o más, dar empleo, al menos, a un 2% de trabajadores/as con disminución sobre el número total de trabajadores(as) de la entidad o bien aplicar las medidas alternativas.

j) Cumplir los requisitos que establecen los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística (DOGC núm. 2553, de 7.1.1998).

k) No estar incluido en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

l) En el caso de entidades con una plantilla de 25 personas trabajadoras o más, se tendrán que indicar los medios que, con el acuerdo de los agentes sociales, tengan como objetivo prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razones de sexo, e intervenir en ellos.

m) Cumplir cualquier otra obligación legal o reglamentaria que les pueda afectar.

Documentos asociados

Boletín: 29/07/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5681
Documento: Bases y Convocatoria 2010. Descargar Documento