Subvenciones destinadas a apoyar a las Asociaciones y Organizaciones Profesionales Agrarias de Canarias.

Código de ayuda:

S14991/06

Norma:

ORDEN de 8 de mayo de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 19/06/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las normas que han de regir la concesión de las subvenciones destinadas a apoyar a las Asociaciones y Organizaciones Profesionales Agrarias.

La finalidad de dichas subvenciones será la siguiente:
- Contribuir a la financiación de los gastos corrientes de funcionamiento y gestión de dichas asociaciones y organizaciones.
- Sufragar actividades educativas, divulgativas y de representación de las mismas.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca (Canarias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las siguientes entidades, legalmente constituidas:
- Las Organizaciones Profesionales Agrarias (OPAS).
- Cualesquiera otras entidades asociativas vinculadas al sector agrario.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran actividades subvencionables los gastos corrientes de funcionamiento y gestión de dichas asociaciones y organizaciones, así como los gastos por actividades educativas, divulgativas y de representación de las mismas, realizadas en el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2005 y el 30 de noviembre de 2006.

Requisitos:

- Tener implantación en la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Tener un ámbito territorial de actuación, insular o autonómico. A los efectos de esta convocatoria se considerará que tienen ámbito insular las que desempeñen su actividad en varios municipios de la isla donde radica su domicilio social y, de ámbito autonómico las que, en cumplimiento de sus estatutos, desarrollan su
actividad en otras islas diferentes a la de su domicilio social mediante delegaciones, oficinas o sucursales o mediante otros modos de implantación.
- Contar con al menos un trabajador contratado en régimen laboral.
- Haber realizado, en el año 2005, actividades educativas, divulgativas y de representación por importe superior a 6.000 euros, y gastos corrientes de funcionamiento y gestión por importe superior a 4.000 euros.
- Carecer de fines de lucro. A estos efectos se considera que carecen de fines de lucro aquellas entidades que también desarrollen actividades de carácter comercial, siempre que los beneficios resultantes de las mismas se inviertan en su totalidad en el cumplimiento de sus fines institucionales no comerciales.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma.
- Haber procedido a la justificación de las subvenciones concedidas con anterioridad por los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma, en los términos establecidos en el artículo 31 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre.
- No hallarse inhabilitado para recibir ayudas o subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.
- Estar dado de alta en el Sistema de Información Contable de la Comunidad Autónoma de Canarias (P.I.C.C.A.C.).

Documentos asociados

Boletín: 19/05/2006
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 96
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento