Subvenciones destinadas a actividades relacionadas con las víctimas de la Guerra Civil y del Franquismo.
Código de ayuda:
S57246/05Norma:
ORDEN PRE/3945/2005, de 16 de diciembre de 2005. ORDEN PRE/99/2006, de 27 de enero.Plazo de Solicitud:
Se establecerá en la correspondiente convocatoria. Convocatoria 2006: hasta el 4 de marzo de 2006.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las subvenciones a conceder a actuaciones y proyectos relacionados con la recuperación de la Memoria histórica y la dignificación de las víctimas de la guerra civil y del franquismo.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales ( España)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Particulares / Personas físicas
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las asociaciones, fundaciones y oganizaciones de víctimas que se hayan constituido con anterioridad al 10 de septiembre de 2004 y que en sus fines estatutarios o en los documentos constitutivos de las mismas contemplen la realización de alguno de los proyectos subvencionables.Además, para los proyectos de investigación, exhumación e identificación, en su caso, de las personas desaparecidas durante la guerra civil y el franquismo, podrán obtener la condición de beneficiarios las agrupaciones de personas físicas sin personalidad jurídica, que ostenten interés legítimo.
En este caso, éstas deberán nombrar un representante único, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que en caso de ser beneficiaria correspondan a la Agrupación.
Quedan excluidos expresamente de los posibles beneficiarios las entidades de derecho público, las universidades, los partidos políticos, los sindicatos, los colegios profesionales y otras entidades con análogos
fines específicos y naturaleza que los citados anteriormente.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se consideran proyectos subvencionables los siguientes, que se especificarán detalladamente en la correspondiente o correspondientes convocatorias:- La investigación, exhumación e identificación de las personas desaparecidas violentamente durante la guerra civil o durante la represión política posterior y cuyo paradero se ignore, a cargo de los particulares o agrupaciones de particulares que ostenten interés legítimo.
- La instalación de placas conmemorativas u otros elementos identificativos en fosas comunes que no sean objeto de exhumación.
- La recopilación de testimonios orales de las víctimas directas de la guerra civil y del franquismo.
- La recopilación de documentación escrita, en versión original o en soporte digital, de documentos relativos a la guerra civil o del franquismo.
- La organización de cursos, seminarios, o jornadas, acerca de la recuperación de la Memoria Histórica u otros temas relacionados con las víctimas de este periodo. La publicación de estudios, informes o documentos, ya sean en papel o cualquier otro soporte audiovisual, que recojan diferentes aspectos de las víctimas de la Guerra Civil y del Franquismo.
- La elaboración de censos de edificaciones y obras públicas realizadas por miembros de Batallones Disciplinarios de soldados trabajadores así como por prisioneros en campos de concentración, batallones de trabajadores y colonias penitenciarias militarizadas.
- Los relativos a la rehabilitación de intelectuales, artistas, profesionales y personalidades de cualquier índole, que hayan sido perseguidas, condenadas o ejecutadas por la libre expresión de su ideología o pensamiento.
- Cualesquiera otros que tengan por objeto la recuperación de la Memoria Histórica y el reconocimiento moral a las víctimas de la guerra civil y del franquismo.
En ningún caso serán gastos subvencionables, aunque se hallen incluidos en los anteriores proyectos:
a) Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
b) Los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
c) Los gastos de procedimientos judiciales.
d) Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación y los impuestos personales sobre la renta.
Requisitos:
Las asociaciones, fundaciones y organizaciones que concurran a las correspondientes convocatorias, para poder obtener la condición de beneficiarios, deberán reunir los siguientes requisitos:a) Estar legalmente constituidas con anterioridad al 10 de septiembre de 2004 y debidamente inscritas en el correspondiente registro administrativo.
b) Carecer de fines de lucro.
c) Tener como fines institucionales primordiales los relacionados con la defensa de la memoria histórica y la rehabilitación moral de las víctimas de la guerra civil o del franquismo.
d) Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
e) Disponer de la estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus objetivos, acreditando la experiencia operativa necesaria para ello.
f) No incurrir en ninguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
g) Aquellos otros requisitos específicos determinados en las respectivas convocatorias.
Además de los anteriores, las agrupaciones de personas físicas deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Nombrar un representante único, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, en caso de ser beneficiario, correspondan a la Agrupación.
b) Acreditar interés legítimo.
c) No podrá disolverse la Agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la Ley General de Subvenciones.
d) La solicitud de subvención deberá contener los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la Agrupación, así como el importe de la subvención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios.
Documentos asociados
Boletín:
17/12/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 301
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
27/01/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 23
Documento: Trámite de Solicitud Descargar Documento
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Boletín:
27/01/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 23
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 23
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Boletín:
28/01/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 24
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 24
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento