Subvenciones destinadas a Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Aragón para la realización de actividades de educación permanente durante el curso 2015-2016.

Código de ayuda:

S03619/15

Norma:

ORDEN de 8 de mayo de 2014. Decreto 38/2006, de 7 de febrero. ORDEN de 15 de diciembre de 2014. ORDEN de 17 de abril de 2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/06/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria de subvenciones a Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Aragón para la realización de actividades de educación permanente durante el curso 2014-2015 en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Educación, Cultura y Deporte (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo individualizado de la subvención por entidad local será de 25.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Las comarcas de Aragón así como las mancomunidades, entidades locales menores y municipios que formen parte de una comarca que no solicite subvención. También podrán participar los municipios de la entidad metropolitana de Zaragoza.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran actuaciones subvencionables aquellas que tengan como finalidad el desarrollo de actividades de formación permanente consistentes en la impartición de docencia incluyendo la posible itinerancia por parte del personal contratado e impulsadas por las entidades locales que resulten beneficiarias, en los siguientes ámbitos:

a) Formación inicial para personas adultas correspondiente al Nivel I y al Nivel II.

b) Cursos de preparación para la prueba de acceso a los Certificados de Profesionalidad N-2(Competencias clave).

c) Preparación Pruebas libres y acceso a 3.º de Educación Secundaria para personas Adultas (ESPA) o Universidad.

d) Tutorización en educación a distancia (Aula de Teleformación).

e) Español como lengua nueva - AVE.

f) Proyecto “Aula Mentor”.

g) Enseñanzas de idiomas.

Requisitos:

No podrán obtener la condición de beneficiario las Entidades Locales que se encuentren incursas en alguna de las causas de prohibición previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

Para poder ser beneficiarios de las ayudas, en aplicación del Plan de Racionalización del gasto de las entidades locales de Aragón, los solicitantes deberán tener aprobado y estar ejecutando su Plan de Racionalización de gasto corriente para el ejercicio 2014 y compromiso para su aprobación y ejecución en el 2015. Quedan excluidos de este requisito los municipios de menos de mil habitantes. Todas las entidades deberán tener envidado y registrado su Plan de Racionalización de gasto corriente en la Comisión de Subvenciones y Ayudas del Gobierno de Aragón.

Documentos asociados

Boletín: 17/02/2006
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 20
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 01/08/2014
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 150
Documento: Convocatoria 2014/2015 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 23/01/2015
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 15
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 15/05/2015
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 91
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento