Subvenciones destinadas a Corporaciones Locales de la Comunidad de Madrid para la realización de actividades en materia de salud pública/promoción de la salud.
Código de ayuda:
S54555/09Norma:
ORDEN 522/2009, de 6 de julio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 28/08/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al desarrollo de proyectos de actuación en el campo de la prevención, la educación sanitaria y la promoción de la salud, que faciliten el desarrollo de servicios de relación de ayuda y orientación a jóvenes y/o familiares.Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Sanidad (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las subvenciones que se concedan al amparo de esta Orden se imputarán al Programa 721, Partida 46390 “Subvenciones a Corporaciones Locales”, de los Presupuestos Generales de la Comunidad deMadrid para el año 2009. El importe de todas las ayudas concedidas no podrá superar la cantidad de 400.000 euros.
Las acciones objeto de subvención deberán desarrollarse en el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2008 y el 31 de agosto de 2009.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las Corporaciones Locales que realicen proyectos de actuación en el campo de la prevención, la educación sanitaria y la promoción de la salud a desarrollaren el territorio de la Comunidad de Madrid.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Podrán ser objeto de subvención los gastos por operaciones corrientes correspondientes a actividades que estén relacionadas de forma directa con los objetivos debidamente especificados en el proyecto,y que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, y se realicen en el período subvencionable establecido en las convocatorias. En ningún caso el coste de adquisición
de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.
Documentos asociados
Boletín:
27/07/2009
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 176
Documento: Bases, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 176
Documento: Bases, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento