Subvenciones destinadas a Centros de Documentacion e Informacion Europea para el ejercicio 2012.

Código de ayuda:

S32537/12

Norma:

ORDEN 1676/2012, de 3 de agosto.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/09/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La financiación del desarrollo de proyectos de información y divulgación de la Unión Europea, de interés general para la Comunidad de Madrid.

La finalidad de las ayudas que se regulan es la colaboración y la actuación coordinada entre los Centros de Documentación e Información Europea de Universidades y la optimización de los medios disponibles en materia de información y divulgación de la Unión Europea, para obtener un acercamiento en la comunicación de la misma, a los ciudadanos, empresas y entidades públicas y privadas de la Comunidad de Madrid.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Universidades, tanto públicas como privadas, de los que dependan Centros
de Documentación e Información Europea.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran gastos subvencionables los gastos realizados por los Centros de
Documentación e Información Europea para desarrollar las actividades objeto
del proyecto que se presenta a financiación. Estos gastos deberán estar directamente relacionados con dichas actividades.

Se considera gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación.

Los gastos de personal solo serán subvencionables cuando la prestación se
corresponda específicamente con el desarrollo de actividades del proyecto y su retribución se realice mediante el pago de facturas emitidas por ese concepto específico.

No serán subvencionables los gastos de viajes, mantenimiento y alojamiento.

El beneficiario de la subvención podrá subcontratar con terceros hasta el 100
por 100 de las actividades.

Requisitos:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las entidades que reúnan los siguientes requisitos:

a) Universidades, tanto públicas como privadas, de los que dependan Centros
de Documentación e Información Europea.
b) Hallarse legalmente constituidas e inscritas, en su caso.
c) Deberán cumplir con la obligación de estar al corriente de pago en las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
d) Deberán presentar un proyecto con las características que se indican en la
base tercera. Cada solicitante podrá presentar un único proyecto.

Documentos asociados

Boletín: 28/08/2012
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 205
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2012 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 07/09/2012
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 214
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento