Subvenciones destinadas a Casas, Centros y otras Entidades Regionales.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S33746/11Norma:
ORDEN de 26 de mayo de 2011.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 01/07/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar las bases reguladoras por las que se regirán la concesión desubvenciones destinadas a la realización de actividades por las Casas, Centros y otras Entidades Regionales.
Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima de la subvención para esta convocatoria será de 2.500 euros por beneficiario.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las Casas, Centros y otras Entidades Regionales y Provinciales que reúnan los requisitos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las actividades se subvencionarán en función del beneficiario:a) Si se trata de asociaciones representativas de la Comunidad de Madrid, domiciliadas en otras comunidades, se subvencionarán aquellas actividades realizadas en la comunidad autónoma donde estén domiciliadas, así como las que supongan un desplazamiento y se realicen en la Comunidad deMadrid y los gastos en que incurran.
b) Si se trata de asociaciones, domiciliadas en la Comunidad de Madrid y representativas de entidades regionales distintas a esta, o a cualquiera de sus Entidades Locales (provincias, municipios, comarcas, etc.), solo se subvencionarán aquellas actividades realizadas en el territorio de la Comunidad de Madrid y los gastos en que incurran.
Se consideran actividades subvencionables las exposiciones, muestras de productos típicos, talleres de artesanía, conferencias, seminarios, actos de intercambio de culturas regionales, actividades culturales, turísticas, artísticas, de fomento de la lectura, deportes,medio ambiente, grupos de baile y coros y, en general, todas aquellas actuaciones destinadas a desarrollar el objeto de las subvenciones establecido en la base primera.
Requisitos:
a) Para el objeto definido en el punto 1 de la base primera: que la Entidad represente a la Comunidad de Madrid, esté domiciliada fuera de la misma, y entre sus fines se encuentre el desarrollo de alguna de las actividades definidas como objeto de la subvención.b) Para el objeto definido en el punto 2 de la base primera: que la Entidad represente a una Comunidad Autónoma distinta a la deMadrid, o a cualquiera de sus Entidades Locales (provincias, municipios, comarcas, etc.), tenga su sede en la Comunidad de Madrid y entre sus fines se encuentre el desarrollo de alguna de las actividades definidas como objeto de la subvención.
c) Hallarse legalmente constituidas y debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones de su Comunidad o del Ayuntamiento en que tenga su sede, según proceda, debiendo estar adaptados, o en proceso de adaptación, sus estatutos a lo previsto en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación, en el plazo de finalización de presentación de instancias.
d) Estar al corriente de pago en las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Documentos asociados
Boletín:
13/06/2011
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 138
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 138
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento