Subvenciones dentro de la estrategia de ahorro y eficiencia energética (E4+) dirigidas a entidades locales, actuación promoción del transporte urbano en bicicleta.

Código de ayuda:

S19773/10

Norma:

Resolucion nº 123 de 18 de marzo de 2010. Orden 37/2009 de 29 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 29/04/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia, en la actuación de Promoción del transporte urbano en bicicleta de acuerdo con la Orden 37/2009, de 29 de septiembre, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en actuaciones dentro de la Estrategia Ahorro y Eficiencia Energética dirigidas a Entidades Locales.

Serán subvencionables todas las actuaciones iniciadas por los beneficiarios a partir del 1 de enero de 2010, siempre y cuando las solicitudes se presenten dentro del plazo establecido en la presente convocatoria.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Industria Innovación y Empleo (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima individualizada de cada subvención será la determinada en el artículo 17 de la Orden 37/2009, de 29 de septiembre. Ninguna de las ayudas podrá superar el coste real de la actividad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las Entidades Locales de La Rioja, que realicen las actuaciones subvencionables en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Entre las medidas contempladas en el Convenio de Colaboración suscrito entre la Comunidad Autónoma de La Rioja y el I.D.A.E. será objeto de subvención la medida Promoción de transporte urbano en bicicleta en la que se subvencionarán los siguientes conceptos:

Inversiones en el diseño e implantación de la puesta en servicio de sistemas de préstamo de bicicletas de uso público en ciudades o agrupaciones de municipios colindantes preferiblemente de tamaño medio (mínimo 10.000 habitantes). Las bicicletas estarán a disposición de los usuarios en diversas bases, en función de las configuraciones de las ciudades o agrupaciones de municipios. El servicio deberá estar activo por un período mínimo de tres años a partir de la puesta en marcha del mismo. El número mínimo de bicicletas por ciudad o agrupación de municipios será de 50 y tres bases. Cada sistema tendrá incorporado un sistema informatizado de control de usuarios que además sirva para gestionar el sistema.

Documentos asociados

Boletín: 02/10/2009
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 123
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento
Boletín: 29/03/2010
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 38
Documento: Convocatoria 2010 Descargar Documento
Boletín: 24/05/2010
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 63
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento