Subvenciones del "programa localízate" destinadas a la rehabilitación de los locales de la ciudad histórica de Santiago de Compostela.

Código de ayuda:

S40673/18

Norma:

Resolución de 9 de julio de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 28 de agosto de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta resolución tiene por objeto convocar para la anualidad de 2018, a través de un procedimiento de concurrencia competitiva, subvenciones a fondo perdido para las personas promotoras de actuaciones destinadas a la rehabilitación de los locales situados en el ámbito del Plan Especial de Rehabilitación de la Ciudad Histórica de Santiago de Compostela, a la mejora de su accesibilidad y eficiencia energética, a la mejora de su imagen exterior y a su acondicionamiento interior.

Categorías Subvención

  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Hacienda ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

1. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones los usuarios legales de los locales, sean personas físicas o jurídicas, y actúen como propietarios, arrendatarios o que ostenten algún derecho de uso sobre ellos, según el artículo 11 de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, General de subvenciones.

2. Las personas beneficiarias deberán estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la seguridad social, y cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, General de subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los locales en los que se realicen las obras objeto de subvención al amparo de estas bases deben reunir los siguientes requisitos:

- Localizarse en el ámbito del Plan Especial de Protección y Rehabilitación de la Ciudad Histórica (PE.1).

- Condiciones suficientes de seguridad estructural y estanqueidad frente a la lluvia.

- El edificio en que se localice el establecimiento deberá tener una antigüedad superior a 20 años.

- Localizarse en planta baja, semisótano o primer sótano, y plantas altas si están vinculados con el local de la planta baja y lo permita expresamente la ordenanza particular de zona. También deberán contar con fachada a la vía pública.

- El local deberá estar destinado o destinarse a algún de los siguientes usos regulados en el Capítulo III del Título VI de la Normativa Urbanística del Plan Especial de Protección y Rehabilitación de la Ciudad Histórica de Santiago de Compostela, y las ordenanzas particulares de zona:

- Comercial

- Oficinas

- Industrial en categoría 1ª: actividades industriales y talleres de artesanía compatibles con la vivienda.

- Docente

- Sanitario

- Asistencial

- Socio-cultural

- Deportivo.

Documentos asociados

Boletín: 28/07/2018
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 182
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 28/07/2018
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 182
Documento: Bases y Convocatoria 2018 Descargar Documento