Subvenciones del programa Reencontros na casa para personas residentes en el exterior durante el año 2018.

Código de ayuda:

S12119/18

Norma:

RESOLUCIÓN de 28 de febrero de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 11 de abril de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras de las ayudas correspondientes al programa Reencontros na casa para el año 2018, orientado a promover el contacto de las personas gallegas residentes en el exterior con su tierra y con sus familias, fortaleciendo así los vínculos de unión con Galicia.

Categorías Subvención

  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas emigrantes gallegas.

Requisitos:

1. Ser emigrante gallega.

2. Tener la nacionalidad española.

3. Residir en América de manera continuada, como mínimo, durante los últimos 10 años.

4. Tener, al menos, 65 años de edad, contados en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

5. No haber participado en los últimos cinco años naturales en programas de viajes a Galicia de esta secretaría general.

6. Para ser personas beneficiarias de este programa será necesario que puedan valerse por sí mismas y no padecer trastornos psicofísicos que alteren la normal convivencia y que estén en condiciones de realizar un viaje de larga duración, circunstancias que deberán acreditar mediante los correspondientes certificados médicos.

7. Contar con el consentimiento de familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad o afinidad para que residan con ellos durante su estancia en Galicia.

8. Tener ingresos inferiores a tres veces el importe de las bases de cálculo de la prestación económica por ancianidad del Ministerio de Empleo y Seguridad Social del Estado español para el año de esta convocatoria, según el país de residencia. Si la persona solicitante convive con otra u otras personas en una misma unidad económica familiar, la cuantía anterior vendrá determinada por la suma del límite máximo de ingresos personales más el resultado de multiplicar el 70 % de dicha cifra por el número de personas que conviven menos una.

Documentos asociados

Boletín: 12/03/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 50
Documento: Bases, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 12/03/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 50
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento