Subvenciones del fondo de desarrollo territorial y rural para las comarcas de la Comunidad Autonoma de Aragon.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S10373/14

Norma:

ORDEN de 18 de marzo de 2014. Decreto 38/2006, de 7 de febrero. ORDEN de 2 de enero de 2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/01/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar subvenciones de capital para comarcas de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2015, destinadas a la ejecución de las medidas 3.2.1 servicios básicos para la economía y la población rural y 3.2.2 renovación y desarrollo de poblaciones rurales, del Plan de Desarrollo Rural de Aragón. La convocatoria se inscribe en lo dispuesto por el Decreto 38/2006, de 7 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y transferencias con cargo al Fondo Local de Aragón.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Política Territorial e Interior (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía individualizada de la subvención será del 100 por 100 de la inversión subvencionable, sin que dicha cuantía pueda superar la cantidad de 200.000 euros sin IVA.

3. La cuantía individualizada mínima de cada solicitud de subvención será de 40.000 euros sin IVA para el caso de obras y de 15.000 euros sin IVA en caso de equipamientos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Las comarcas de la Comunidad Autónoma de Aragón.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

*Medida 3.2.1 Servicios básicos para la economía y la población rural

- Obras en infraestructuras, programas informáticos, equipamiento incluyendo la eficiencia y ahorro energético y eliminación de barreras arquitectónicas para su puesta en funcionamiento de:

- Servicios sociales.

- Servicios de protección civil, prevención y extinción de incendios y policía local.

- Servicios deportivos.

- Servicios de telecomunicaciones, tecnologías de la información y la comunicación.

- Servicios culturales y de ocio.

- Servicios económicos.

- Servicios de limpieza viaria y obras.

- Servicios de recogida de residuos.

*Medida 3.2.2 Renovación y desarrollo de poblaciones rurales

- Obras en infraestructuras, programas informáticos, equipamiento incluyendo la eficiencia y ahorro energético y eliminación de barreras arquitectónicas para su puesta en funcionamiento de:

- Alumbrado Público.

- Pavimentación y asfaltado de vías urbanas.

- Urbanización.

- Mejora de infraestructuras medioambientales.

- Infraestructuras relacionadas con ciclo de agua.

- Protección y mejora de entornos rurales.

En el caso de que una solicitud contenga actuaciones que puedan ser consideradas como propias de ambas medidas, la calificación definitiva recaerá en aquella medida que tenga mayor peso en términos económicos.

Requisitos:

Cada comarca podrá presentar, como máximo, cinco solicitudes.

No podrán obtener la condición de beneficiarios aquellos que se encuentren incursos en alguna de las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones.

La acreditación de no estar incurso en las prohibiciones que impiden obtener la condición de beneficiario estará incluida en el modelo de solicitud de la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 17/02/2006
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 20
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 21/03/2014
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 57
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 07/01/2015
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 3
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento