Subvenciones del ejercicio 2015 a entidades promotoras de acciones del Programa de Formacion Profesional Dual @prendizext, dirigidas a personas inscritas en el Sistema Nacional de Garantia Juvenil.

Código de ayuda:

S06228/15

Norma:

ORDEN de 17 de febrero de 2015. DECRETO 100/2013, de 18 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/03/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria de subvenciones destinadas a entidades promotoras del Programa @prendizext para el ejercicio 2015, previstas en el Capítulo III del Decreto 100/2013, de 18 de junio, por el que se regula el Programa de Formación Profesional Dual @prendizext, mediante acciones en alternancia de formación y empleo, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • Formación
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Empleo, Mujer y Políticas Sociales (Extremadura)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las entidades locales, sus organismos autónomos y entidades con competencia en materia de promoción de empleo dependientes o asimiladas a las mismas cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales, que dispongan de la capacidad técnica y de gestión suficientes y sean competentes para la ejecución de las obras o servicios de utilidad pública e interés social a ejecutar en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura, presenten memoria-proyecto que se considere técnicamente viable por el Servicio Extremeño Público de Empleo conforme al artículo 6 del Decreto 100/2013, de 18 de junio, para la ejecución de este programa.


Requisitos:

Las mancomunidades de municipios conforme a la disposición transitoria undécima de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, no podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en la presente convocatoria, al no tener competencias en materia de promoción de empleo.

Las entidades beneficiarias conforme el párrafo primero, previa conformidad con los municipios interesados, podrán presentar solicitudes de ayudas para efectuar proyectos de carácter supralocal. En este caso, las corporaciones locales que han prestado su conformidad no podrán presentar solicitud simultánea de forma independiente, ni prestar su conformidad a más de una solicitud; si lo hacen no se tendrá en cuenta su participación en ninguna de las solicitudes.

Documentos asociados

Boletín: 25/06/2013
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 121
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 18/02/2015
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 33
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento