Subvenciones del año 2026 para puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad afectadas porenvejecimiento prematuro en centros especiales de trabajo.

Código de ayuda:

S60519/22

Norma:

ORDEN EMT/224/2022, de 13 de octubre. RESOLUCIÓN EMT/3465/2022, de 31 de octubre. RESOLUCIÓN EMT/2961/2023, de 21 de julio. Resolución EMT/890/2026, de 20 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Hasta las 14:00 horas del 14 de abril de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el procedimiento de concesión de las subvenciones para el apoyo a puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad afectadas por envejecimiento prematuro en centros especiales de trabajo.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Empresa y Trabajo (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Apoyo salarial a la transición del trabajo a la jubilación, conforme a los grupos que establece la base 5 del anexo 1 de la Orden EMT/224/2022, de 13 de octubre:
- Para las personas incluidas en los grupos primero y segundo, un 10% del salario mínimo interprofesional (SMI). En concreto, 142,45 euros para el módulo mensual y 4,68 euros para el módulo diario.
- Para las personas incluidas en los grupos tercero y cuarto, un 5% del SMI. En concreto, 71,22 euros para el módulo mensual y 2,34 euros para el módulo diario.
b) Acompañamiento especializado en el proceso de transición a la jubilación: 19,83 euros por hora de acompañamiento prestada. El importe resultante se incrementa un 10%, cifra que corresponde a la subvenciónde los gastos indirectos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Pueden ser entidades beneficiarias de las subvenciones que se regulan en esta Orden las entidades
titulares de los centros especiales de trabajo y los centros especiales de trabajo que tengan personalidad
jurídica propia. Deben tener establecimiento permanente en Cataluña y estar inscritos en el Registro de centros especiales de trabajo de la Generalitat de Catalunya.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Apoyo salarial a la transición del trabajo a la jubilación.

b) Acompañamiento especializado en el proceso de transición a la jubilación.


Documentos asociados

Boletín: 18/10/2022
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8774
Documento: Bases Reguladoras 2022 Descargar Documento
Boletín: 09/11/2022
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8789
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Boletín: 28/08/2023
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8988
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Boletín: 27/03/2026
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9634
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento