Subvenciones del año 2008 para los proyectos culturales de las entidades de administracion local de Mallorca relacionados con la figura del rey Jaime I.

Código de ayuda:

S31173/08

Norma:

Consejo Insular de Mallorca, Num. 6745.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 29/05/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El año 2008 se cumplen 800 años del nacimiento del rey Jaume I (1208 -1276). Por este motivo, el Consejo de Mallorca ha declarado el año 2008 como el Año Rey Jaume I y acogió el acto conmemorativo del 800 años del nacimiento de Jaume I. Así, el día 2 de febrero, fecha exacta de este aniversario y en
la sala de plenos del Consejo, se organizó la lectura del Llibre dels feitslectura, documento manuscrito del s. XIII, dictado por el mismo Jaume I, que narra las peripecias de su reinado. Un libro que, en además de historia y política, nos muestra los detalles de su vida y pequeños rincones de su personalidad.
Además, este año, se prevé la realización de otros acontecimientos culturales, didácticos y lúdicos con la intención de divulgar, acercar y profundizar en la vida de un personaje que ha sido eje básico y fundamental en la historia de Mallorca. En este sentido, el Consejo de Mallorca, entre otras iniciativas que se llevarán a cabo, pretende, mediante el Departamento de Cultura y Patrimonio, establecer una convocatoria de subvenciones para impulsar y promover la organización de proyectos culturales, por parte de las entidades de administración local de Mallorca, que den conocer la figura y la obra del rey Jaume I así como su relevancia e influencia en la evolución política y social de la isla de Mallorca.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Mallorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Durante el ejercicio presupuestario de 2008, se destina a la consecución de los objetivos de esta convocatoria la cantidad de 30.000 euros con cargo en la partida presupuestaria 20.45130.46200.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarias las entidades de administración local de Mallorca.

No obstante, no podrán ser beneficiarios:
- Las que incurran en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 10 (apartados 1 y 2) del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, que aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB nº. 196 de 31 de diciembre de 2005).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se pueden acoger a esta convocatoria de subvenciones las solicitudes de las entidades de administración local de Mallorca que tengan por objeto, durante el año 2008, la realización de proyectos culturales relacionados, exclusivamente, con el conocimiento, la investigación y la difusión de la figura y la obra
del rey Jaume I.

Quedan excluidos los proyectos culturales previstos en otras convocatorias del Consejo de Mallorca o los que sean objeto de subvenciones nominativas, excepto las ediciones presentadas a la convocatoria de soporte genérico.

El Departamento de Cultura no otorgará más de una subvención para el mismo proyecto
cultural programado dentro de este año, independientemente de la entidad que presente la solicitud.

La concesión de las subvenciones se hace hasta el límite de las cantidades establecidas en la base sexta, se sujeta a los principios que se enumeran en el artículo 6.2 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, que aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones, y se lleva a cabo mediante el procedimiento de concurso, es decir, en régimen de concurrencia competitiva. El órgano competente, sin embargo, podrà hacer el prorrateo, entre los beneficiarios de la subvención, del importe global máximo destinado a la convocatoria.Estas subvenciones son compatibles con otras subvenciones o ayudas que
pueda haber recibido la entidad beneficiaria para el mismo proyecto cultural, siempre que la suma de todas las ayudas, subvenciones, ingresos y otros recursos obtenidos no superen el coste total del proyecto cultural subvencionado.

Las presentes subvenciones tienen carácter voluntario y eventual, no generan ningún derecho a obtener de otros en años posteriores y no se pueden alegar como precedente.
El hecho de recibir una subvención implica la obligatoriedad de hacer el proyecto cultural subvencionado y, por tanto, si aquélla no cubre el total del presupuesto subvencionable, la entidad beneficiaria tendrá que buscar otras fuentes de financiación o bien aportar fundes propios.

Gastos subvencionables:
Son subvencionables los gastos necesarios para desarrollar el proyecto cultural, se hayan abonado o no encara las facturas u otros documentos que los acreditan. Sin embargo, vistas las partidas presupuestarias de la convocatoria, no son subvencionables las inversiones, las obras, la compra de equipamientos o de cualquier otro bien inventariable.

Documentos asociados

Boletín: 29/04/2008
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 58
Documento: Bases y Convocatoria 2008 Descargar Documento